Jubilaciones especiales: requisitos de cada régimen
Qué actividades se jubilan antes o con otras reglas, con la edad, los años de servicio y la norma de cada una.
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En pocas palabras
- La regla general es 60 años las mujeres y 65 los hombres, con 30 años de aportes (Ley 24.241, art. 19).
- Algunas actividades tienen otra edad o menos años, por leyes y decretos propios. La Ley 24.241 los mantiene vigentes en su artículo 157.
- Casi todos se piden en ANSES con turno. Militares, policías federales, gendarmes y prefectos tienen sus propias cajas.
En la tabla de cada grupo ves la edad, los años de servicio y la norma. Si el régimen tiene página propia, el nombre te lleva a los detalles: quién entra, qué documentación piden y qué cambia en el haber.
Docencia, ciencia y justicia
Son regímenes por la función. Además de la edad, cambian el cálculo del haber: por ejemplo, el 82 % móvil del cargo para docentes (Ley 24.016, art. 4) y el 85 % para investigadores (Ley 22.929, art. 5), que ANSES paga con un suplemento.
| Régimen | Edad | Años de servicio | Norma |
|---|---|---|---|
| Docentes (nivel inicial, primario, medio, técnico y superior no universitario) | Mujeres 57, hombres 60 | 25 años (10 al frente de alumnos) o 30 años | Ley 24.016, art. 3; Decreto 137/2005 |
| Docentes de escuelas de frontera y de enseñanza diferenciada | Sin límite de edad | 25 años al frente directo de alumnos | Decreto 538/1975, art. 1 |
| Docentes universitarios | Mujeres 60, hombres 65 | 25 años de docencia universitaria (10 al frente de alumnos) | Ley 26.508, art. 1 |
| Investigadores científicos y tecnológicos | Mujeres 60, hombres 65 | 30 años, con 15 continuos o 20 discontinuos en investigación | Ley 22.929, arts. 3 y 4; Decreto 160/2005 |
| Magistrados y funcionarios del Poder Judicial y del Ministerio Público de la Nación | Mujeres 60, hombres 65 | 30 años con aportes, 10 continuos o 15 discontinuos en el cargo | Ley 24.018, arts. 8 y 9 (texto de la Ley 27.546) |
Tareas penosas o riesgosas
Son las tareas que la ley considera penosas, riesgosas o insalubres. La edad y los años pueden ser hasta 10 menores que en el régimen general (Ley 24.241, art. 157). En los del Decreto 4257/68, el haber se calcula con las reglas del régimen común (art. 6).
| Régimen | Edad | Años de servicio | Norma |
|---|---|---|---|
| Trabajadores de la construcción | 55, sin distinción de sexo | 300 meses (25 años) con aportes; el 80 % de los últimos 180 meses en la construcción | Ley 26.494, art. 1 |
| Trabajadores rurales o agrarios | 57, sin distinción de sexo | 25 años con aportes | Ley 26.727, art. 78 |
| Trabajadores de viñas | 57, mujeres y hombres | 25 años | Ficha de actividades especiales de argentina.gob.ar |
| Aeronavegantes | 50 | 30 años, con bonificación por horas de vuelo | Decreto 4257/1968, art. 3 |
| Estibadores portuarios, capataces y guincheros | Estibadores 52; capataces y guincheros 55 | 30 años (art. 27, inc. b, Ley 18.037) | Decreto 5912/1972, art. 1 |
| Ferroviarios (maquinistas, foguistas, cambistas, señaleros y otras especialidades) | Hombres 55; mujeres 52 (Decreto 4257/68) | 30 años | Decreto 4257/1968, art. 1, inc. c; Decretos 2137/1974 y 1851/1973 |
| Mineros | Minas subterráneas 50; cielo abierto: hombres 55, mujeres 52 | Subterráneas 25 años; cielo abierto 30 años | Decreto 4257/1968, arts. 1 (inc. e) y 2 (inc. b) |
| Metalúrgicos en laminación, acería, fundición, forja y fragua | 50 | 25 años | Decreto 4257/1968, art. 2, inc. a; Decreto 182/1974 |
| Petroleros y gasíferos en exploración y boca de pozo | 50 | 25 años | Decreto 2136/1974, art. 1; Resolución MTEySS 897/2015 |
| Conductores de colectivos de líneas regulares | Hombres 55; mujeres 52 | 30 años | Decreto 4257/1968, art. 1, inc. d |
| Conductores de camiones de carga | 55 | 25 años | Ley 20.740, art. 1 |
| Tareas o ambientes declarados insalubres | Hombres 55; mujeres 52 | 30 años | Decreto 4257/1968, art. 1, inc. f |
| Tareas riesgosas en empresas eléctricas | 55 | 30 años | Decreto 937/1974, art. 1 |
| Industria de la carne (matanza y procesamiento) | Hombres 55; mujeres 50 | Hombres 30 años; mujeres 27 | Decreto 3555/1972, art. 1 |
| Personal en la Antártida e Islas del Atlántico Sur | 55 | 30 años (cada año cuenta doble) | Decreto 4257/1968, art. 4 |
Discapacidad y salud
Bajan la edad o los años de aportes por la condición de salud de la persona, no por la actividad.
| Régimen | Edad | Años de servicio | Norma |
|---|---|---|---|
| Personas con discapacidad (más del 33 %) | Relación de dependencia 45; autónomos 50 | 20 años con aportes, los últimos 10 con la discapacidad | Ley 20.475, art. 2 |
| Personas con ceguera | 45 | 20 años (alcanza con uno de los dos requisitos) | Ley 20.888, arts. 1 a 3 |
| Personas con VIH o hepatitis B o C | 50 | 20 años con aportes y 10 años desde el diagnóstico | Ley 27.675, arts. 24 y 25 |
Fuerzas armadas y de seguridad
El personal militar y el que tiene estado policial no está en el sistema de ANSES (Ley 24.241, art. 2). No hay edad mínima: el retiro depende de los años de servicio. El personal civil de esas fuerzas sí aporta a ANSES.
| Régimen | Edad | Años de servicio | Norma |
|---|---|---|---|
| Personal militar de las Fuerzas Armadas | Sin edad mínima | Retiro voluntario con 15 años; haber de retiro con 25 años simples | Ley 19.101, arts. 66 y 75 |
| Gendarmería Nacional | Sin edad mínima | Retiro voluntario con 15 años; haber de retiro con 25 años simples | Decreto 454/2025 (Estatuto), arts. 71 y 80 |
| Prefectura Naval Argentina | Sin edad mínima | Retiro voluntario con 15 años; haber de retiro con 25 años simples | Ley 18.398, art. 83; Ley 12.992, art. 5 |
| Policía Federal Argentina | Sin edad mínima | Retiro voluntario: 20 años (personal superior) o 17 (subalterno) | Ley 21.965, art. 91 |
Régimen común
No son regímenes especiales. Están acá porque mucha gente los busca así. Para el personal de casas particulares, la ficha de ANSES de actividades especiales repite la edad y los años del régimen general.
| Régimen | Edad | Años de servicio | Norma |
|---|---|---|---|
| Personal de casas particulares | Mujeres 60, hombres 65 | 30 años | Ley 24.241, art. 19; Ley 25.239, título XVIII |
| Trabajadores en relación de dependencia | Mujeres 60, hombres 65 | 30 años con aportes | Ley 24.241, art. 19 |
| Trabajadores autónomos | Mujeres 60, hombres 65 | 30 años con aportes | Ley 24.241, arts. 2 (inc. b) y 19 |
| Monotributistas | Mujeres 60, hombres 65 | 30 años con aportes | Ley 24.241, art. 19; Ley 24.977, anexo, arts. 39, 42 y 43 |
Estas tablas no son exhaustivas: hay otros regímenes diferenciales, como los del vidrio, el chacinado, el personal embarcado, el dragado y balizamiento, los amarradores o la telegrafía. La lista que acompaña el Decreto 633/2018 está en las normas que complementa ese decreto.
Si trabajaste en más de una actividad
Casi todos los regímenes diferenciales hacen un prorrateo: la edad y los años se calculan según el tiempo que pasaste en cada tipo de tarea. Así lo dicen, por ejemplo, el Decreto 2136/74 para el petróleo (art. 2) y la Ley 26.727 para el trabajo rural (art. 79).
Para que ANSES reconozca las tareas, el empleador tiene que poner en la certificación de servicios la norma del régimen (Decreto 4257/68, art. 10; Decreto 2136/74, art. 4). Revisalo antes de pedir el turno.
El tiempo como monotributista no cuenta para un régimen diferencial (Ley 24.977, anexo, art. 43). Si buscás los requisitos generales, mirá los requisitos para jubilarse.
Cómo se pide en ANSES
- Entrá a mi ANSES con tu CUIL y tu Clave de la Seguridad Social y revisá que tus datos personales estén bien.
- Fijate en tu Historia Laboral que estén registrados todos tus aportes.
- Sacá un turno en una oficina de ANSES.
- Presentate el día del turno con el DNI y la documentación de tu actividad.
Fuente: Argentina.gob.ar, Obtener una jubilación por actividades especiales, consultado el 28/10/2026. El trámite es gratuito.
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son los regímenes especiales de jubilación?
Hay dos grupos. Los especiales por la función: docentes, investigadores y magistrados. Y los diferenciales por tareas penosas o insalubres: construcción, trabajo rural, minería, petróleo, estiba y otras. Las fuerzas tienen leyes propias de retiro.
¿A qué edad se jubila un docente?
Con la Ley 24.016, las mujeres a los 57 años y los hombres a los 60, con 25 años de servicios, de los cuales 10 al frente de alumnos. Si estuvieron menos de 10 años frente al aula, necesitan 30 años de servicios.
¿Qué pasa si trabajé en una actividad especial y en otra común?
Se hace un prorrateo: la edad y los años que te piden se calculan en proporción al tiempo que estuviste en cada actividad. Lo dicen los decretos de cada régimen y la Ley 26.727 para el trabajo rural.
¿Los monotributistas pueden jubilarse por un régimen diferencial?
No por el tiempo que trabajaron como monotributistas: la ley del monotributo excluye los beneficios de los regímenes diferenciales por actividades penosas o riesgosas.
¿Quién certifica que hice tareas diferenciales?
Tu empleador. En la certificación de servicios tiene que poner de manera expresa la norma del régimen en el que están comprendidas tus tareas.
¿Dónde se pide la jubilación de policías y militares?
No en ANSES. El retiro militar lo paga el Instituto de Ayuda Financiera (IAF). Los de la Policía Federal, la Gendarmería y la Prefectura cobran por la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
Fuentes
- Ley 24.241 (texto actualizado), Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (consultado el 27/10/2026)
- Argentina.gob.ar, Obtener una jubilación por actividades especiales (consultado el 28/10/2026)
- Decreto 633/2018 y normas que complementa, regímenes diferenciales (consultado el 28/10/2026)
- Ley 24.016, régimen especial para el personal docente (consultado el 28/10/2026)
- Decreto 137/2005, aporte diferencial y suplemento del régimen docente (consultado el 28/10/2026)
- Decreto 538/1975, docentes de frontera y enseñanza diferenciada (consultado el 28/10/2026)
- Ley 26.508, docentes universitarios (consultado el 28/10/2026)
- Ley 22.929 (texto actualizado), investigadores científicos y tecnológicos (consultado el 28/10/2026)
- Decreto 160/2005, aporte diferencial y suplemento de investigadores (consultado el 28/10/2026)
- Ley 24.018 (texto actualizado), magistrados y funcionarios del Poder Judicial y del Ministerio Público (consultado el 28/10/2026)
- Ley 27.546, reforma del régimen de magistrados y funcionarios (consultado el 28/10/2026)
- Ley 26.494, régimen previsional de la industria de la construcción (consultado el 28/10/2026)
- Ley 26.727 (texto actualizado), Régimen de Trabajo Agrario (consultado el 28/10/2026)
- Ley 25.239 (texto actualizado), título XVIII: régimen especial de seguridad social del servicio doméstico (consultado el 28/10/2026)
- Decreto 4257/1968 (texto actualizado), tareas penosas, riesgosas o insalubres (consultado el 28/10/2026)
- Decreto 5912/1972, estibadores portuarios, capataces y guincheros (consultado el 28/10/2026)
- Ley 18.037 (texto original), régimen de jubilaciones de 1968 (consultado el 28/10/2026)
- Decreto 2137/1974, especialidades de Ferrocarriles Argentinos (consultado el 28/10/2026)
- Decreto 1851/1973, señaleros ferroviarios (consultado el 28/10/2026)
- Decreto 182/1974, tareas de forja y fragua (consultado el 28/10/2026)
- Decreto 2136/1974, exploración y boca de pozo de petróleo y gas (consultado el 28/10/2026)
- Ley 20.475, jubilación de trabajadores con discapacidad (consultado el 28/10/2026)
- Argentina.gob.ar, Tramitar la jubilación para trabajadores minusválidos (consultado el 28/10/2026)
- Ley 20.888, jubilación de personas con ceguera (consultado el 28/10/2026)
- Argentina.gob.ar, Solicitar la jubilación para trabajadores con ceguera (consultado el 28/10/2026)
- Ley 27.675, respuesta integral al VIH y las hepatitis virales (consultado el 28/10/2026)
- Argentina.gob.ar, Solicitar la jubilación especial para personas con VIH y/o hepatitis B y/o C (consultado el 28/10/2026)
- Ley 19.101 (texto actualizado), personal militar (consultado el 28/10/2026)
- Argentina.gob.ar, Cobrar los haberes del personal militar retirado o sus pensionistas (consultado el 28/10/2026)
- Decreto 454/2025, Estatuto de la Gendarmería Nacional (consultado el 28/10/2026)
- Gendarmería Nacional, Personal retirado y pensionado (consultado el 28/10/2026)
- Ley 18.398 (texto actualizado), Prefectura Naval Argentina (consultado el 28/10/2026)
- Ley 12.992 (texto actualizado), retiros y pensiones de la Prefectura (consultado el 28/10/2026)
- Argentina.gob.ar, Personal retirado y pensionado de Prefectura y Gendarmería (29/1/2019) (consultado el 28/10/2026)
- Ley 21.965 (texto actualizado), personal de la Policía Federal Argentina (consultado el 28/10/2026)
- Ley 24.977 (texto actualizado), Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (consultado el 28/10/2026)
- Ley 20.740, conductores de transporte de cargas (consultado el 28/10/2026)
- Decreto 937/1974, tareas riesgosas en servicios eléctricos (consultado el 28/10/2026)
- Decreto 3555/1972, industria de la carne (consultado el 28/10/2026)
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