Jubilación de trabajadores rurales y agrarios
La edad y los años de la Ley 26.727, qué tareas entran en el régimen y cuáles quedan afuera.
En esta página
En pocas palabras
- Los trabajadores rurales se jubilan a los 57 años, sin distinción de sexo, con 25 años de servicios con aportes (Ley 26.727, art. 78).
- ANSES pide que esos aportes sean en relación de dependencia en la actividad agraria.
- Cobran las mismas prestaciones que el régimen general: solo cambian la edad y los años (Decreto 301/2013, art. 18).
Ficha del régimen
Trabajadores rurales o agrarios
- Edad
- 57, sin distinción de sexo
- Años de servicio
- 25 años con aportes
- Norma
- Ley 26.727, art. 78
- Quién paga
- ANSES
- Aportes diferenciales
- Contribución patronal 2 puntos más alta (Ley 26.727, art. 80)
Fuente: Ley 26.727 (texto actualizado), Régimen de Trabajo Agrario, consultado el 28/10/2026.
¿Me corresponde?
Qué tareas entran
La ley llama actividad agraria a la que busca obtener productos primarios con tareas pecuarias, agrícolas, forestales, hortícolas, avícolas, apícolas u otras parecidas, sin proceso industrial y en ámbitos rurales (art. 5).
También entran, aunque se hagan en una ciudad, la manipulación y el almacenamiento de cereales, oleaginosas, legumbres, hortalizas y semillas, y el trabajo en ferias y remates de hacienda, si no es en un establecimiento industrial (art. 7).
Quiénes quedan afuera
- Quien trabaja sobre todo en tareas industriales, comerciales, turísticas, de transporte o de servicios, aunque sea en un establecimiento rural.
- El personal administrativo de los establecimientos.
- Quien cosecha o empaca frutas: se rige por la Ley de Contrato de Trabajo, salvo el caso del artículo 7.
- El personal del Estado nacional, provincial o municipal.
Fuente: Ley 26.727, art. 3.
Si trabajaste en el campo y en otra actividad
Si alternaste tareas rurales con otras de cualquier tipo, la edad y los años se calculan con un prorrateo según el tiempo en cada una (art. 79). Por eso conviene que cada certificación de servicios diga qué tareas hiciste.
Los empleadores pagan una contribución 2 puntos más alta que la del régimen común por estas tareas (art. 80).
La ficha oficial también menciona a los trabajadores de viñas, con 57 años y 25 años de servicios.
Cómo se pide
- Entrá a mi ANSES con tu CUIL y tu Clave de la Seguridad Social y revisá que tus datos personales estén bien.
- Fijate en tu Historia Laboral que estén registrados todos tus aportes.
- Sacá un turno en una oficina de ANSES.
- Presentate el día del turno con el DNI y la documentación de tu actividad. Llevá las certificaciones de servicios de cada establecimiento rural.
Fuente: Argentina.gob.ar, Obtener una jubilación por actividades especiales, consultado el 28/10/2026. El trámite es gratuito.
Si no llegás a los años del régimen, mirá los requisitos generales para jubilarse. Otros regímenes por tareas penosas: construcción y minería. Todos están en jubilaciones especiales.
Preguntas frecuentes
¿A qué edad se jubila un trabajador rural?
A los 57 años, hombres y mujeres, con 25 años de servicios con aportes (Ley 26.727, art. 78).
¿Es lo mismo trabajador rural que trabajador agrario?
Para la jubilación, sí: es el régimen de la Ley 26.727, el Régimen de Trabajo Agrario. Alcanza a quienes trabajan en tareas agrícolas, pecuarias, forestales, hortícolas, avícolas o apícolas en el campo.
¿Los cosecheros y empacadores de fruta entran en este régimen?
No. La Ley 26.727 excluye a quienes trabajan en la cosecha o el empaque de frutas, que se rigen por la Ley de Contrato de Trabajo, salvo un caso que la ley prevé en su artículo 7.
¿Qué pasa si también trabajé en la ciudad?
Se hace un prorrateo: la edad y los años se calculan según el tiempo que trabajaste en cada actividad.
¿Hay una jubilación por edad avanzada para rurales?
Sí. La reglamentación de la Ley 26.727 dice que la jubilación por edad avanzada de los trabajadores rurales sigue el Decreto 1021/74. Consultá los requisitos en ANSES.
Fuentes
- Ley 26.727 (texto actualizado), Régimen de Trabajo Agrario (consultado el 28/10/2026)
- Argentina.gob.ar, Obtener una jubilación por actividades especiales (consultado el 28/10/2026)
- Decreto 301/2013 (texto actualizado), reglamentación de la Ley 26.727 (consultado el 28/10/2026)
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