Jubilaciones especiales

Jubilación para personas con discapacidad: requisitos de la Ley 20.475

Quién entra en el régimen, cómo se prueba la incapacidad de más del 33 % y qué documentación pide ANSES.

En esta página
  1. Ficha del régimen
  2. ¿Me corresponde?
  3. Cómo se prueba la discapacidad
  4. Qué documentación piden
  5. Cómo se pide
  6. Preguntas frecuentes

En pocas palabras

  • Si tenés una discapacidad que baja tu capacidad laboral más del 33 %, te podés jubilar con 20 años de servicios (Ley 20.475, art. 2).
  • La edad es 45 años si trabajás en relación de dependencia y 50 si sos autónomo, sin distinción de sexo.
  • Tenés que haber trabajado con esa discapacidad durante los últimos 10 años antes del cese o de pedir la jubilación.

Ficha del régimen

Personas con discapacidad (más del 33 %)

Edad
Relación de dependencia 45; autónomos 50
Años de servicio
20 años con aportes, los últimos 10 con la discapacidad
Norma
Ley 20.475, art. 2
Quién paga
ANSES

Fuente: Ley 20.475, jubilación de trabajadores con discapacidad, consultado el 28/10/2026.

¿Me corresponde?

¿Tenés una incapacidad física o intelectual de más del 33 %, certificada por una autoridad sanitaria oficial?
¿Tenés 45 años (relación de dependencia) o 50 (autónomo)?
¿Tenés 20 años de servicios con aportes?
¿Trabajaste con esa discapacidad durante los últimos 10 años?

Cómo se prueba la discapacidad

La ley habla de "minusválidos", la palabra que se usaba en 1973. Hoy se aplica a las personas con una invalidez física o intelectual que baja su capacidad laboral más del 33 %, certificada por una autoridad sanitaria oficial (art. 1).

Según Derecho Fácil, el porcentaje lo certifican las Comisiones Médicas que dependen de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

Hay que acreditar "fehacientemente" que en los 10 años anteriores al cese o a la solicitud trabajaste con esa disminución (art. 2). Si después ya no podés hacer las tareas que tu capacidad te permitía, corresponde la jubilación por invalidez (art. 3).

Qué documentación piden

Qué tener a mano

Sin certificación de servicios podés presentar recibos de sueldo con aportes, comprobantes de afiliación a obras sociales o gremios, constancias de afiliación anteriores al CUIL o el formulario PS 6.8.

Cómo se pide

  1. Reuní la documentación personal y la de tus servicios.
  2. Sacá un turno en una oficina de ANSES.
  3. Presentate el día del turno con la documentación.

Fuente: Argentina.gob.ar, Tramitar la jubilación para trabajadores minusválidos, consultado el 28/10/2026. Es gratuito.

Si tenés ceguera, hay un régimen propio: la jubilación por ceguera. Sin aportes suficientes, mirá la pensión no contributiva. Más regímenes, en jubilaciones especiales.

Preguntas frecuentes

¿Qué porcentaje de discapacidad hace falta para jubilarse antes?

Una disminución de la capacidad laboral mayor al 33 %, que tiene que haber existido durante los 10 años anteriores al cese o a la solicitud.

¿Quién certifica el porcentaje de incapacidad?

La ley pide que lo certifique una autoridad sanitaria oficial. Según Derecho Fácil, lo hacen las Comisiones Médicas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

¿A qué edad me jubilo si soy autónomo y tengo una discapacidad?

A los 50 años, con 20 años de servicios con aportes. En relación de dependencia, a los 45.

¿Qué pasa si la discapacidad empeora y no puedo trabajar?

La Ley 20.475 prevé la jubilación por invalidez cuando la persona ya no puede hacer las tareas que su capacidad le permitía.

¿Hay una jubilación especial para personas con VIH?

Sí, la de la Ley 27.675: 50 años de edad, 20 años de servicios con aportes y 10 años desde el diagnóstico. Es incompatible con el trabajo en relación de dependencia.