Jubilaciones especiales

Retiro de la Prefectura Naval: requisitos y haber

Qué piden la Ley 18.398 y la Ley 12.992 para el retiro voluntario y obligatorio, y quién paga.

En esta página
  1. Ficha del retiro
  2. Cuándo hay derecho a haber de retiro
  3. Quién otorga el retiro
  4. Cómo se calcula el haber
  5. Preguntas frecuentes

En pocas palabras

  • El personal de Prefectura puede pedir el retiro voluntario con 15 años de servicios simples y el compromiso de servicio cumplido (Ley 18.398, art. 83).
  • Para cobrar haber de retiro en el retiro voluntario hacen falta 25 años simples y un año en el grado (Ley 12.992, art. 5).
  • Los retirados y pensionados cobran por la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.

Ficha del retiro

Prefectura Naval Argentina

Edad
Sin edad mínima
Años de servicio
Retiro voluntario con 15 años; haber de retiro con 25 años simples
Norma
Ley 18.398, art. 83; Ley 12.992, art. 5
Quién paga
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal

Fuente: Ley 18.398 (texto actualizado), Prefectura Naval Argentina, consultado el 28/10/2026.

Cuándo hay derecho a haber de retiro

  • Retiro voluntario: 25 años de servicios simples, un año de antigüedad en el grado (salvo el prefecto general) y el compromiso de servicio cumplido.
  • Retiro obligatorio por inutilización en o por actos de servicio: cualquiera sea el tiempo de servicio.
  • Retiro obligatorio por otras causas: 15 años de servicios simples.

Fuente: Ley 12.992, art. 5, con el texto de la Ley 23.028.

El artículo 83 de la Ley 18.398, sobre el retiro voluntario, tiene el texto del Decreto 457/2025, publicado el 8 de julio de 2025.

Quién otorga el retiro

Los retiros voluntarios de oficiales superiores y jefes los otorga el Ministerio de Seguridad Nacional. Los demás, el Prefecto Nacional Naval.

En el retiro obligatorio, el ministerio decide sobre el personal superior y el Prefecto Nacional Naval sobre el subalterno (Ley 18.398, art. 75).

El retiro es definitivo: solo se vuelve a la actividad en caso de movilización, aunque la reglamentación prevé que un retirado preste servicios en la institución (art. 77).

Cómo se calcula el haber

Se toma el 100 % del haber mensual y los suplementos generales del grado al pasar a retiro, y se aplica el porcentaje que corresponde por los años de servicio (Ley 12.992, art. 9). Las asignaciones familiares y los suplementos particulares no entran en la cuenta.

Los servicios bonificados valen en el retiro voluntario desde los 25 años simples, y en el obligatorio desde los 15 (art. 7, inc. h).

Dato que difiere: La ficha de actividades especiales de argentina.gob.ar menciona 60 años las mujeres y 65 los hombres, con 30 años de servicios, para el retiro de Prefectura. Las leyes de la fuerza no fijan una edad: los requisitos son los años de servicio.

Otros regímenes de fuerzas: Gendarmería, Policía Federal y retiro militar. Más regímenes, en jubilaciones especiales.

Preguntas frecuentes

¿Con cuántos años se retira un prefecto?

Puede pedir el retiro voluntario con 15 años de servicios simples y el compromiso de servicio cumplido. Para cobrar haber de retiro en el retiro voluntario necesita 25 años simples y un año en el grado.

¿Qué ley regula el haber de retiro de Prefectura?

La Ley 12.992. La Ley 18.398, del personal de Prefectura, remite a ella para el cómputo de servicios, el haber de retiro y las pensiones.

¿Quién paga el retiro de Prefectura?

La Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal. Los retirados y pensionados de Prefectura cobran por esa Caja desde enero de 2019, por el Decreto 760/2018.

¿Sobre qué se calcula el haber de retiro?

Sobre el 100 % del haber mensual y los suplementos generales del grado al momento del retiro, en el porcentaje que corresponda por los años de servicio. Quedan afuera las asignaciones familiares y los suplementos particulares.

¿Hay edad mínima?

No. Las leyes de Prefectura fijan años de servicio, no una edad para el retiro.