Formularios de ARCA

Formulario 575/RT: la ART al inicio de la relación y los aportes voluntarios

Cuándo se usa en casas particulares, en qué se diferencia del 102/RT y cómo se paga.

En esta página
  1. Ficha técnica
  2. Cuándo usarlo
  3. Cómo se paga
  4. Lo que sigue
  5. Preguntas frecuentes

En pocas palabras

  • Una vez que das el alta de una trabajadora de casas particulares, la ART se paga por mes adelantado con el F. 575/RT.
  • El mismo formulario sirve para aportes voluntarios a la jubilación y para el aporte adicional de obra social.
  • No es el pago de todos los meses: ese es el F. 102/RT.

Ficha técnica

Número
575/RT
Organismo
ARCA
Para qué sirve
Pagar la ART, que se paga por mes adelantado una vez hecha el alta (inicio de la relación laboral), y los aportes voluntarios para la jubilación o la obra social del personal de casas particulares.
Quién lo completa
La persona empleadora; los aportes voluntarios también los puede pagar la trabajadora.
Dónde se presenta
En las entidades habilitadas, con el formulario completo, o con un VEP.

Descargar el F. 575/RT

Fuente: ARCA, Casas particulares: formas de pago, consultado el 28/10/2026.

Cuándo usarlo

Después del alta: la ART por mes adelantado

  1. Registrá la relación laboral en el Portal de casas particulares, con tu clave fiscal, en la opción "Empleador".
  2. Pagá la ART, que se paga por mes adelantado, con el F. 575/RT.
  3. Al inicio del mes siguiente al alta empezás a pagar los aportes y contribuciones, con el 102/RT o con otro medio.

El alta también se puede hacer por teléfono al 0800-222-2526, de lunes a viernes de 9 a 16. En ese caso tenés que imprimir la constancia de alta.

Para pagar de más, en forma voluntaria

  • Aportes voluntarios para el régimen jubilatorio.
  • Importes para acceder a un futuro beneficio previsional.
  • Aporte adicional para la cobertura de obra social.
Vencimiento: ARCA publica cada mes dos fechas en su página de casas particulares: la del pago obligatorio (F. 102/RT) y la del pago voluntario (F. 575/RT).

Cómo se paga

Con el formulario completo, en Pago Fácil, Rapipago u otra entidad habilitada. También podés generar un VEP en el Registro de Casas Particulares o en "Presentación de DDJJ y Pagos" y pagarlo por homebanking o una billetera virtual: con VEP no hace falta el formulario.

Lo que sigue

Para el pago de cada mes, mirá el formulario 102/RT y los valores en aportes de empleada doméstica. Si todavía no tenés clave fiscal, empezá por la clave fiscal: para casas particulares alcanza el nivel 2.

Preguntas frecuentes

¿Para qué sirve el formulario 575/RT?

Para pagar aportes voluntarios a la jubilación, importes para acceder a un futuro beneficio previsional y el aporte adicional de obra social del personal de casas particulares. Además, una vez hecha el alta, la ART se paga por mes adelantado con este volante.

¿Cuándo pago la ART?

Una vez que diste el alta de la trabajadora. La ART se paga por mes adelantado con el F. 575/RT; los aportes y contribuciones se pagan al inicio del mes siguiente al alta.

¿El 575/RT reemplaza al 102/RT?

No. El 102/RT es el pago obligatorio de cada mes. El 575/RT es para aportes voluntarios o para el inicio de la relación laboral por la ART.

¿La trabajadora puede pagar adicionales para tener obra social?

Sí. ARCA indica que la trabajadora puede consultar sus aportes y pagar adicionales para tener cobertura médica o un beneficio previsional.

¿Qué es el 575/B?

Es la versión para períodos viejos: aportes voluntarios de entre 04/2000 y 09/2014.