El Formulario 381 es un documento mediante el cual se pueden registrar tanto embarcaciones, como aeronaves o maquinaria, entre las que se encuentran las agrícolas, las grúas y cualquier tipo de maquinaria en general. Todo vehículo en circulación en tierra, mar o aire, debe estar en regla con el estado argentino. A continuación, te contamos detalladamente cómo realizar el trámite.
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Formulario 381 para descargar e imprimir
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¿Qué es y para qué sirve el Formulario 381?
El formulario 381 es un documento que registra determinada maquinaria, embarcaciones o aeronaves ante la AFIP. Es obligatorio para todas las aeronaves, así como para todas las embarcaciones y maquinaria cuyo valor de la operación supere los $25.000 pesos argentinos, incluyendo en dicho valor impuestos, tasas y demás gastos, no importando el valor debes informar al Fisco sobre este bien.
Todo esto se realiza con la finalidad de poder establecer los procedimientos y las condiciones que tienen que ser observadas por las personas jurídicas, las personas humanas y las sucesiones sin divisiones.
Esto para poder cumplir con el deber que tiene el informar acerca de los bienes muebles que puedan ser registradas, sin importar cuál sea el titular de su dominio.
Puntos importantes que debés saber
- En caso de ser obtenido este bien por medio de una sucesión, deberá llevar en registro adecuado de este. De esta forma poder completar los campos correspondientes, teniendo a la mano la declaración jurada correspondiente de este.
- Este proceso se lleva a cabo en la Dependencia de la AFIP-DGI, en donde se encuentre inscripta la persona interesada, o en la Dependencia más cercana al domicilio del interesado.
- El formulario debe ser presentado en un periodo de 10 días, después de haberse llevado a cabo la inscripción en el registro requerido por la AFIP.
- Se debe tomar en cuenta que el valor total de la operación por la adquisición del bien mueble o inmueble, sea mayor a $100.000.
- Siendo cien mil pesos argentinos, lo que corresponde a las embarcaciones y maquinarias para este fin.
- Para el caso de aeronaves, se debe presentar de manera obligatoria, ante la sede encargada de llevar el registro de los bienes muebles o inmuebles; en la AFIP.
- Sin importar el valor total de éste; como en el caso de las maquinarias y embarcaciones.
- Esto corresponde al caso de una compra; pero en caso de ser una adquisición por parte de una herencia, como lo es en caso de una sucesión.
- Como es una sucesión, se debe de igual manera presentar el formulario de la declaración jurada, esta se llevará a cabo cuando la proporción tenga un valor superior a $100.000 pesos argentinos
¿A quién está dirigido?
El formulario 381, va dirigido a aquellas personas que poseen algún bien mueble, que corresponda a embarcación, maquinaria o aeronave, y por ende tenga que ser debidamente registrada.
- Toda persona natural, que por ende tenga bajo su dominio la adquisición de una embarcación, maquinaria o aeronave; bien sea esta posesión a través de una herencia o una compra efectuada.
- Todas las personas jurídicas, constituidas, teniendo como base el Código Civil Argentino; de la misma manera como aquel organismo en donde les obliguen a registrar algún tipo de maquinaria.
- En el caso que se esté contemplado una sucesión unitaria.
- Aquellos apoderados que obtengan y dispongan sobre las especificaciones propias; y de igual modo, aquel que esté interesado.
- Sociedades, asociaciones, compañías anónimas, entre otras.
- Procuradores, acreedores, agentes, apoderados, administradores de una sucesión, los herederos involucrados; deberán llevar a cabo el registro requerido para el bien del mueble adquirido.
- Aquellas personas que contemplen un cargo de elección popular; que dispongan el deber de cumplir con algún tipo de peculio; también tomando en cuenta agentes legales de aquellos ciudadanos que se encuentran fuera del país.
No podrán llevar a cabo este registro, como lo son
- El Estado Nacional, Provincial o Municipal.
- Aquellas Misiones diplomáticas que se encuentren permanentes o debidamente acreditadas frente al Estado Nacional; sean estas: Diplomático, agentes consulares y aquellos representantes oficiales de países extranjeros.
- Aquellas instituciones religiosas que se encuentren comprendidas en el inciso e) del artículo 20; de la Ley del Impuesto a Las Ganancias.
¿Cómo tramitar el Formulario 381?
Para realizar el registro a través de este formulario 381, hay que seguir los siguientes pasos:
- Presentar el formulario cubierto ante la AFIP, en donde apareces registrado como contribuyente. Tiene que ser el nuevo modelo emitido por la AFIP y ha de presentarse dentro de los 10 días siguientes a la operación.
- Se debe presentar una copia del formulario 381 en la jefatura correspondiente, según lo ha indicado en Control de Deudas Fiscales.
- Si son Agencias Metropolitanas, se debe presentar copia del formulario en la sección de «Servicios al Contribuyente». A nivel de Distrito a la Oficina de recaudación y verificaciones.
¿Cómo se completa el Formulario 381? Trámite paso a paso
Antes de realizar el llenado, debés tener en cuenta diversos factores:
- El tipo de maquinaria, ya sea agrícola, cosechadora, tractor, viales, grúas y las autopropulsadas, una embarcación o aeronave que haya adquirido.
- Si ha sido adquirida en el país o tiene el carácter de haber sido importada
- Si ha sido un traspaso y si no cuál ha sido el valor de la compra
- Cuál será su uso
- Y debe recordar sus respectivos duplicados.
En el formulario se tienen varias fases, las cuales serán descritas a continuación:
Membrete
- Colocar la clave única de identificación tributaria (CUIT)
- Poner el Apellido y Nombre a la Denominación.
- Colocar la dirección del domicilio.
- Debe precisar la dependencia AFIP, en el cual te encontrás inscripto.
- Colocar el código de uso de la AFIP.
- Debés especificar si sos un contribuyente no inscripto.
- En la sucesión, se deben indicar las personas físicas y la sucesión de divisas.
- Si posee nacionalidad argentina, debés presentar el Numero de Documento Cívico
- Si la persona es extranjera, debe presentar la cedula de identidad o en su defecto el pasaporte.
En la sección A del formulario, se definen los bienes inmuebles, de la siguiente manera:
- Debe colocarse el mes, el año, el tipo y el destino.
- Colocar la ubicación del bien.
- Poner el porcentaje de la adquisición, en caso de compra.
- Colocar el código de la provincia.
Sección B, en esta parte se destacan las partes de automotores, embarcaciones y aeronaves.
- Colocar el mes, el año y el porcentaje de la adquisición, en caso de compra.
- Se da una breve descripción del bien obtenido.
- Se debe colocar el año de fabricación del bien.
- Colocar la patente y la matricula del bien.
En relación a la Sección C
- corresponde al valor de los bienes registrables, en este caso se debe colocar el valor del bien mueble en pesos argentinos.
En la Sección D, esta se refiere a la parte de inmuebles; en donde se define como valuación inmobiliaria o por tributos similares.
- En este punto es de igual manera se debe colocar el valor del inmueble en la moneda de pesos argentinos.
Sección E, corresponde a los datos del vendedor, aquel que le compro el bien mueble o inmueble.
- Se debe colocar el Apellido y Nombre o la Denominación.
- Se debe colocar la dirección correcta del domicilio, perteneciente al vendedor.
- Poner la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT). en caso de no tenerla hacé click acá. https://ayudandonos.com/cuit/
Sección F, es la importación definitiva directa; en donde se debe colocar la importación respectiva del bien mueble o inmueble.
- de bienes registrables» concedidos acorde con las mismas.
Presentarlo en AFIP
Para presentarte a las oficinas de AFIP, debés ir con un turno previo.
- Ingresá a la página de AFIP, para solicitar un turno.
- Elegí la agencia cercana al domicilio que figura en tu DNI.
- Seleccioná fecha y horario.
- Completá los datos que te pide el organismo y luego elegí la opción «solicitar turno».
- Confirmá el turno ingresando el código de seguridad que aparece en pantalla.
- Guardá o imprimí el formulario con la información de tu turno.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
El certificado podrá ser extendido por la AFIP-DGI dentro de los 2 días hábiles siguientes a la presentación del formulario.