Formulario 921: corregir la declaración de aportes solo para algunos trabajadores
Qué es la rectificativa por novedad, quién puede usarla, qué cambios no admite y cómo se envía.
En esta página
En pocas palabras
- El 921 es la declaración jurada rectificativa por novedad: corrige la declaración de aportes y contribuciones de un mes solo para los CUIL que cambian.
- Lo genera el aplicativo SICOSS, que hoy usan los empleadores públicos. Los privados quedaron afuera desde agosto de 2018.
- Todos los demás empleadores declaran con "Declaración en línea", que arma el formulario 931.
Ficha técnica
- Número
- 921
- Organismo
- ARCA
- Para qué sirve
- Corregir altas, bajas o datos de trabajadores en una declaración de aportes y contribuciones ya presentada
- Quién lo completa
- El empleador que liquida con el aplicativo SICOSS
- Dónde se presenta
- Por internet, con el archivo que genera el aplicativo y clave fiscal
- Vigencia
- Vigente en el aplicativo SICOSS (versión 47)
Fuente: ARCA, Aplicativo SICOSS 47.5: manual de ayuda, consultado el 28/10/2026.
Quién lo usa hoy
El aplicativo SICOSS está pensado para empleadores públicos: el Estado nacional y sus organismos centralizados, descentralizados o autárquicos. Los empleadores privados quedaron excluidos desde el periodo devengado de agosto 2018.
Para el resto, la obligación es "Declaración en línea", cualquiera sea la cantidad de trabajadores. Ese sistema arma el formulario 931 a partir de la última presentación y de las altas y bajas del mes.
La Resolución General 5556 dispuso la versión 47 del SICOSS, que también se usa para las rectificativas de períodos anteriores.
Qué novedades se pueden informar
- Alta o novedad de CUIL: agrega un trabajador que se omitió, con todos sus datos y bases imponibles.
- Baja de CUIL: saca un trabajador de la nómina con todos sus datos.
- Modificación de datos de CUIL: corrige los datos de un trabajador que ya estaba declarado.
Qué no se puede corregir con el 921
En estos casos hay que hacer una rectificativa por nómina completa (formulario 931):
- Un número de CUIL equivocado o el monto de asignaciones familiares pagadas.
- Agregar, sacar o modificar retenciones sufridas a cuenta de contribuciones.
- El tipo de empleador o la alícuota o el componente fijo de la ART.
- Una declaración del período hecha con una versión del aplicativo anterior a la 11.
- Usar excedentes de contribuciones a favor (períodos hasta 12-2007) o tomar o eliminar el beneficio de reducción de contribuciones (hasta 6-2001).
Cómo completarlo y enviarlo
- En el SICOSS, indicá el período a rectificar, elegí la opción "rectificativa por novedad" y revisá el tipo de empleador.
- Elegí el tipo de novedad: alta, baja o modificación de datos del CUIL. Podés cargarlas a mano o importar un archivo.
- Si es una modificación, el aplicativo muestra el registro original y uno nuevo para corregirlo. Aprobás los cambios y terminás la carga.
- Imprimí el "Detalle de novedades sobre la nómina de empleados" y controlá que esté bien.
- Generá el formulario 921 y el archivo para enviar. Mandalo por internet con clave fiscal e imprimí el acuse de recibo.
- A las 48 horas, consultá si lo aprobaron. Si lo aprueban, recibís el formulario 941 con los nuevos valores del período.
Las rectificativas de un período, sean por novedad o por nómina completa, se numeran en una sola secuencia, del 01 al 99.
Trámites relacionados
La declaración original y la rectificativa por nómina completa son el formulario 931. Para ver los aportes de un trabajador, mirá el certificado de aportes. Más formularios en la biblioteca de formularios.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el formulario 921?
La declaración jurada rectificativa por novedad del aplicativo SICOSS. Corrige solo los trabajadores que cambian, sin rehacer toda la nómina.
¿Qué diferencia hay entre el 921 y el 931?
El 931 es la declaración original o la rectificativa por nómina completa. El 921 rectifica solo las novedades de algunos CUIL.
¿Una empresa privada puede usar el 921?
No por el SICOSS: los empleadores privados quedaron excluidos del aplicativo desde agosto de 2018. Hoy todos los empleadores deben usar "Declaración en línea", salvo el Estado nacional, para quien es optativo.
¿Cuándo sé si me aceptaron el 921?
A las 48 horas de enviarlo podés consultar si fue aprobado o rechazado. La aprobación se comunica con el formulario 941.
¿Qué hago si me rechazan el 921?
El rechazo siempre es total. Rehacés la rectificativa con las observaciones, usando el mismo número de rectificativa, y la volvés a enviar.
Fuentes
- ARCA, Aplicativo SICOSS 47.5: manual de ayuda (consultado el 28/10/2026)
- ARCA, Aplicativo SICOSS: versión 47.0 release 6 (consultado el 28/10/2026)
- Resolución General AFIP 5556/2024 (consultado el 28/10/2026)
- ARCA, Declaración en línea: características (consultado el 28/10/2026)
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