Formulario 8001

Formulario 8001

El formulario 8001 permite a las organizaciones empresariales poder imprimir las facturas de categoría A en los respectivos locales registrados. A continuación, te contamos cómo gestionar tu trámite.

Formulario 8001 para descargar e imprimir

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La plataforma te muestra la opción de descargar en PDF o imprimir. Tenés la opción de imprimir directamente o, ir a la modalidad recomendada: guardar el documento en tu computadora para tener respaldo digital del mismo y, posteriormente, imprimirlo.

¿Qué es y para qué sirve el Formulario 8001?

El formulario 8001, es un tipo de factura que tiene la peculiaridad de indicar por separado el IVA en un renglón independiente. El cliente tiene pleno conocimiento del precio verdadero que debe pagar y cuál es el valor a pagar correspondiente al IVA.

El objetivo es que de este modo todos los clientes y consumidores de algunos de estos servicios sabrán si el valor que deben de pagar es exactamente el correcto.

Este tipo de facturas son emitidas por los autónomos o trabajadores independientes en todas las categorías y sectores de la economía.

La AFIP le solicitaba a los emprendedores independientes la propiedad de algún restaurante u o hotel y que presentaran el formulario 8001.

Este documento se trataba de una declaración jurada requerida para llevar a cabo la solicitud de la entrega de facturas tipo A en los establecimientos autorizados. Sin embargo, es importante señalar que la disposición de derogación emitida por AFIP, solo es válida para restaurantes y hoteles que requieren solicitar este formulario. Las otras empresas o trabajadores independientes seguirán emitiendo facturas según lo establecido por la ley mediante la solicitud previa del formulario.

¿Por qué lo derogó AFIP?

La razón no fue porque ya no fuera útil o porque no era beneficioso para el Gobierno de ninguna manera actualmente. Este formulario fue uno de los más eficientes ya que no se requería de trámites burocráticos para su adquisición. Este proceso era realizado en poco tiempo en la administración pública de AFIP.

Hubo importantes razones para llegar a la conclusión de derogar la ley y poder establecer nuevos métodos actualmente en todo el país.

El objetivo principal es renovar y hacer más fácil a las personas todos los tramites que se llevan a cabo en las entidades del gobierno. El propósito de poder realizar los trámites realizar por vía internet y de este modo brindar a los usuarios la posibilidad de realizarlo cómodamente desde su hogar. Estos procesos son realizados a través de sitios web, porque se procura llevarlos a cabo de forma rápida.

Nuevo procedimiento. Trámite paso a paso

El Estado ha procurado hacer lo más simple y accesible para poder agilizar la entrega de las facturas respectivas. Actualmente los hoteles y los restaurantes poseen los instrumentos electrónicos para poder entregar las facturas de categoría A.

Dispone de dos procedimientos para realizar este trámite de forma exitosa. Se realizan vía online y con acceso a todas las personas que quieran realizarlo. El más conocido de ellos, es por medio de la plataforma de Comprobantes en Línea y el otro es a través de un sitio web personal bajo Webservice.

Sistema electrónico

El nuevo sistema automatizado implementado actualmente es muy seguro, ya que tiene la opción de elegir cual es el más conveniente. Los ciudadanos pueden elegir el más adecuado para poder emitir con más rapidez las facturas y las exenciones.

  1. Accedé a la página oficial de AFIP.
  2. A continuación, debes ingresar tu clave fiscal en el espacio que se encuentra ubicado en la parte derecha de la pantalla.
  3. Luego de ingresar con tu clave fiscal, debes seleccionar la opción Comprobantes en Línea que está ubicado en el menú de opciones que se presentará al ingresar tu usuario.
  4. Después, en las secciones posteriores procede a completar la información solicitada por el sistema todas las casillas indicadas de forma correcta y veraz.
  5. Con esto queda finalizado el proceso si eligen a esta opción ya que este portal web es el apropiado para acelerar estos trámites.

¿Qué datos aparecen en el Formulario 8001?

Los datos a declarar en el F. 8001 serán los siguientes:

Del receptor del comprobante clase “A”

  1. Apellido y nombres, razón social o denominación.
  2. CUIT

Del firmante de la declaración jurada

  1. Tipo de Documento.
  2. Número de Documento.
  3. Carácter:
  4. Titular.
  5. Director o presidente.
  6. Apoderado.
  7. Empleado.

El motivo de la excepción que permita la emisión de comprobantes clase “A”, según se trate de:

  1. Los supuestos previstos en el Artículo 52 del DR 692/98.
  2. Locación o prestación de servicios:
  3. Locadores o prestadores de los mismos servicios.
  4. Realización de conferencias, congresos, convenciones o eventos similares directamente relacionados con la actividad específica del contratante.
  5. Indumentaria y accesorios:
  6. Con destino a bienes de cambio.
  7. Indumentaria y accesorios de utilización exclusiva en los lugares de trabajo.
  8. Operaciones contempladas en la RG 74/98.
  9. Intermediario.

Del Emisor del comprobante clase “A”:

  • Apellido y nombres, razón social o denominación.
  • CUIT
  • Punto de Venta.
  • Número de Comprobante.

Cuando intervengan intermediarios, la declaración jurada F. 8001 deberá ser requerida por el vendedor, locador o prestador original al intermediario, y posteriormente por este último al adquirente, locatario o prestatario final, de corresponder.

Puntos importantes que debés saber

  • La emisión de facturas de tipo A sin el formulario solo procede para los hoteles y restaurantes.
  • Se debe tener el alta en el servicio de Comprobantes en línea, para poder realizar todo este trámite en particular.
  • Te sugerimos consultar acerca de cuáles son las exenciones que se pueden incluir con relación al IVA respectivo al momento.
  • Para no tener inconvenientes en el momento de emitir la factura en línea debe estar solvente en los trámites.
  • No podés presentar ninguna deuda para poder emitir la factura en línea.

Régimen especial de emisión de comprobantes

Se establece un régimen especial de emisión de comprobantes electrónicos originales y de información que deberá ser cumplido por los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado para respaldar las operaciones indicadas en los puntos 3. y 4. del inciso a) del Artículo 12 de la Ley de IVA (Ley 23.349).

El alcance del régimen se hace extensivo a quienes actúen en carácter de intermediarios de las operaciones citadas en el párrafo anterior. Los sujetos mencionados deberán observar las disposiciones de la RG 3668/14, a efectos de emitir comprobantes clase “A”.

¿Qué operaciones se encuentran comprendidas en el régimen?

Se encuentran alcanzadas por el régimen las operaciones indicadas a continuación:

Las siguientes locaciones y prestaciones de servicios:

  • Efectuadas por bares, restaurantes, cantinas, salones de té, confiterías y en general por quienes presten servicios de refrigerios, comidas o bebidas en locales – propios o ajenos -, o fuera de ellos.
  • Efectuadas por hoteles, hosterías, pensiones, hospedajes, moteles, campamentos, apart-hoteles y similares.
  • Efectuadas por posadas, hoteles o alojamientos por hora.
  • Efectuadas por casas de baños, masajes y similares.
  • Efectuadas por piscinas de natación y gimnasios.
  • Efectuadas por peluquerías, salones de belleza y similares.
  • Efectuadas por playas de estacionamiento o garajes y similares. Se exceptúa el estacionamiento en la vía pública (parquímetros y tarjetas de estacionamiento) cuando la explotación sea efectuada por el Estado, las provincias o municipalidades, o por los sujetos comprendidos en los incisos e), f), g) o m) del artículo 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
  • Las compras e importaciones definitivas de indumentaria que no sea ropa de trabajo y cualquier otro elemento vinculado a la indumentaria y al equipamiento del trabajador para uso exclusivo en el lugar de trabajo.

Preguntas Frecuentes

¿Quiénes se encuentran alcanzados por el régimen especial de emisión de comprobantes?

Se encuentran alcanzados los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado (IVA) para respaldar las operaciones comprendidas.

¿Qué deberá considerar el emisor del comprobante clase “¿A”, previo a la emisión del mismo?

Cuando se solicite la emisión del comprobante clase “A”, el emisor deberá requerir al receptor del comprobante que complete y firme el formulario de declaración jurada F. 8001. Dicho emisor deberá conservar las declaraciones juradas F. 8001, archivadas correlativamente por fecha de emisión del comprobante, a disposición del personal fiscalizador de esta Administración Federal.

¿Quién deberá realizar el F. 8001 en las operaciones que intervengan intermediarios?

En aquellas operaciones en las cuales intervengan intermediarios, la declaración jurada F. 8001 deberá ser requerida por el vendedor, locador o prestador original al intermediario, y posteriormente por este último al adquirente, locatario o prestatario final, de corresponder.

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