Trabajo

Certificado de trabajo del artículo 80: plazo y cómo te lo entregan

Qué tiene que decir, el plazo de 45 días hábiles que fijó la reforma laboral de 2026, la entrega digital y qué hacer si no te lo dan.

En esta página
  1. Qué cambió con la reforma laboral de 2026
  2. Cómo lo genera el empleador
  3. Certificado de trabajo y certificación de servicios
  4. Si no te lo entregan
  5. Preguntas frecuentes

En pocas palabras

  • Cuando termina un empleo, el empleador tiene que entregarte el certificado de trabajo dentro de los 45 días hábiles (Ley de Contrato de Trabajo, art. 80).
  • Tiene que decir los datos de la relación laboral, la función, las capacitaciones y la constancia de los aportes y contribuciones a la seguridad social.
  • Puede ser en papel, a tu disposición en la empresa, o digital, por un sistema que acredite la entrega.

Qué cambió con la reforma laboral de 2026

La Ley 27.802 (Boletín Oficial del 6/3/2026) reemplazó el artículo 80. Desde entonces el plazo es de 45 días hábiles desde que termina el contrato, y la obligación se cumple con poner el certificado a disposición del trabajador.

  • En papel: el empleador lo deja a tu disposición en la sede de la empresa.
  • Digital: por cualquier sistema que permita acreditar que te lo entregó.
  • Lo que ya está en ARCA o en ANSES: si los datos están disponibles para vos en la web de la seguridad social o en el sistema de ARCA, esa parte se considera cumplida.

El texto actualizado de la ley remite a la Resolución General 5848/2026 de ARCA, publicada el 18/5/2026, sobre el certificado de trabajo.

La ficha de la certificación de servicios de argentina.gob.ar todavía habla de 30 días. El plazo que rige es el de la ley reformada: 45 días hábiles.

Cómo lo genera el empleador

ARCA tiene un mecanismo para generar el certificado del artículo 80 con clave fiscal, sin imprimirlo, y ponerlo a disposición del trabajador. Está dentro del servicio Simplificación registral, el mismo que se usa para las altas y bajas de las relaciones laborales.

Certificado de trabajo y certificación de servicios

La certificación de servicios es el comprobante del tiempo trabajado y la remuneración de cada empleo. La pide el trabajador y la da el empleador. Sirve para acreditar en ANSES aportes jubilatorios que no figuran registrados.

La podés pedir cada vez que la necesites, al terminar el trabajo (por renuncia, despido o cierre de la empresa) o cuando vayas a tramitar la jubilación. Es gratuita.

Cómo ver tus aportes en ANSES

  1. Entrá a Mi ANSES con tu CUIL y tu Clave de la Seguridad Social.
  2. Elegí "Trabajo" y después "Consultar Historia Laboral".
  3. Compará los períodos con tus recibos. Si falta alguno y la empresa ya no existe, podés pedir en ANSES un reconocimiento de servicios.

Si no te lo entregan

Pedilo por escrito. El telegrama laboral de la Ley 23.789 es gratis para el trabajador en cualquier comunicación a su empleador sobre la relación de trabajo. Si el trabajador falleció, sus herederos también pueden pedir la certificación de servicios por telegrama gratis.

Mirá cómo se manda en telegrama laboral o en carta documento y telegrama. Si el conflicto sigue y la empresa está en la Ciudad de Buenos Aires, la instancia previa al juicio es el SECLO.

Fuente: Ley 23.789 (servicio de telegrama y carta documento gratuito, texto actualizado), consultada el 28/10/2026.

Preguntas frecuentes

¿En cuánto tiempo me tienen que dar el certificado de trabajo?

Dentro de los 45 días hábiles desde que terminó la relación laboral (Ley de Contrato de Trabajo, art. 80, según la Ley 27.802).

¿El certificado de trabajo puede ser digital?

Sí. La ley da por cumplida la entrega si el empleador lo deja a tu disposición en papel en la empresa o en formato digital por un sistema que acredite que te llegó.

¿Qué datos tiene que decir?

Los datos de la relación laboral, la función que cumpliste, las capacitaciones que hiciste y la constancia de que se pagaron los aportes y contribuciones a la seguridad social.

¿Es lo mismo que la certificación de servicios?

La certificación de servicios es el comprobante del tiempo trabajado y las remuneraciones de cada empleo, y sirve para acreditar en ANSES aportes no registrados. El certificado de trabajo es el que exige el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo.

¿Cuánto cuesta?

Entregarlo es una obligación del empleador que fija la ley. La certificación de servicios figura como gratuita en su ficha oficial.

La empresa cerró y no me lo pueden dar: ¿qué hago?

Para la jubilación, podés pedir en ANSES un reconocimiento de servicios, que te permite demostrar los períodos aportados.

¿Cómo se lo pido al empleador si no me lo da?

Por escrito. El telegrama laboral es gratis para el trabajador en cualquier comunicación a su empleador sobre la relación de trabajo, y también para los herederos que piden la certificación de servicios de un trabajador fallecido.