Formularios de ANSES

Formulario PS 2.67: solicitud de la Asignación por Embarazo

Quién completa cada rubro, cuándo hace falta y qué revisa ANSES en el certificado médico.

En esta página
  1. Ficha técnica
  2. Para qué trámite es
  3. Cómo completarlo
  4. Cómo y dónde se presenta
  5. Preguntas frecuentes

En pocas palabras

  • Es la solicitud de la Asignación por Embarazo para Protección Social. Se presenta en una oficina de ANSES con turno.
  • El rubro 1 lo completa el médico. Vos completás el rubro 2 y, si tenés apoderado, el 3.
  • Si estás inscripta en el Programa SUMAR y Salud ya informó tu embarazo, cobrás sin hacer el trámite.

Ficha técnica

Número
PS 2.67
Organismo
ANSES
Para qué sirve
Pedir la Asignación por Embarazo para Protección Social
Quién lo completa
El médico (rubro 1) y vos (rubros 2 y 3)
Dónde se presenta
Oficina de ANSES con turno previo
Costo
Gratuito
Vigencia
Desde las 12 semanas de embarazo y antes del nacimiento

Formulario PS 2.67 en ANSES

Fuente: Argentina.gob.ar, Solicitar la Asignación por Embarazo para Protección Social, consultado el 28/10/2026.

Para qué trámite es

La Asignación por Embarazo es para personas desocupadas, trabajadoras informales con ingresos por debajo del salario mínimo, monotributistas sociales, trabajadoras de casas particulares registradas y personas en programas sociales.

Pide 12 semanas de embarazo, DNI y ser argentina o naturalizada; si sos extranjera, 3 años de residencia. También estar inscripta en el Programa SUMAR+ con los controles al día y no tener obra social, salvo excepciones.

Si trabajás en relación de dependencia, lo tuyo es la prenatal, que se pide con el formulario PS 2.55.

Cómo completarlo

  • Rubro 1: lo completa el médico. Si ya tenés un certificado con todos los datos de ese rubro, no lo completás.
  • Rubro 2: tus datos de contacto.
  • Rubro 3: solo si tenés apoderado o representante.

Lo que ANSES rechazó en otros formularios

En octubre de 2024, ANSES informó que retuvo formularios PS 2.67 por matrículas médicas inválidas, sellos o CUIL erróneos y certificaciones de profesionales sin habilitación en obstetricia.

Antes de presentarlo, mirá que la certificación del profesional (el rubro 1 o el certificado) tenga matrícula, sello y CUIL correctos.

Cómo y dónde se presenta

Qué tener a mano

  1. Revisá en Mi ANSES que tus datos y los de tu grupo familiar estén actualizados.
  2. Pedí el turno en ANSES para la Asignación por Embarazo.
  3. Presentate el día del turno con el formulario y la documentación.

Si sos monotributista social, trabajadora de casas particulares o desempleada con obra social durante los 3 meses posteriores al cese, el trámite se hace solo en una oficina de ANSES, con turno.

Después del nacimiento: Para cobrar el 20% acumulado presentás el formulario PS 2.10 de acreditación, con turno. Tenés hasta 12 meses desde que terminó el embarazo.

Fuentes: ficha de la Asignación por Embarazo, consultada el 28/10/2026, y noticia de ANSES del 28/10/2024.

Más formularios en la lista de formularios de ANSES. Si ya tenés hijos a cargo, mirá también la Asignación Universal por Hijo.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el formulario 2.67 de ANSES?

Es la "Solicitud Asignación por Embarazo Protección Social": el formulario con el que pedís la Asignación por Embarazo en una oficina de ANSES.

¿Quién completa el formulario de embarazo?

El rubro 1 lo completa el médico. Si ya tenés un certificado con todos esos datos, no hace falta. El rubro 2 lo completás vos con tus datos de contacto y el rubro 3, solo si tenés apoderado o representante.

¿Desde qué semana lo puedo presentar?

Desde las 12 semanas de embarazo, y siempre antes del nacimiento.

¿Tengo que hacer el trámite si estoy en el Programa SUMAR?

No, si el Ministerio de Salud ya le mandó a ANSES la información de tu embarazo: la asignación se cobra de forma automática. Si no empezaste a cobrar, la pedís en una oficina con turno.

¿Cómo cobro el 20% que retienen?

Con otro formulario, el PS 2.10 de acreditación de la asignación. Tenés hasta 12 meses desde que terminó el embarazo.

¿Me sirve si trabajo en relación de dependencia?

No: ese caso es la Asignación Familiar por Prenatal, con el formulario PS 2.55.