Asignación Licencia por Maternidad de ANSES

Asignación licencia por maternidad

La Asignación Licencia por Maternidad es un beneficio (suma de dinero) que cobran las trabajadoras registradas durante los noventa (90) días que se le asignan por la Licencia de Maternidad. Y, en el caso de que el bebé tenga síndrome de Down, el cobro de la asignación se extenderá por doscientos setenta (270) días. En ambos casos, recordá que antes de realizar la solicitud de la asignación tenés que haber notificado y declarado tu estado embarazo ante tu empleador.

Si estas embarazada y deseas solicitar esta Asignación, en este espacio vas a encontrar todo lo que necesitas saber.

¿Quiénes pueden solicitarla?

Sólo pueden hacer la solicitud de esta Asignación las trabajadoras que:

  • Laboren bajo relación de dependencia (Y que se encuentren inscriptas en el SUAF o Sistema Único de Asignaciones Familiares).
  • Se encuentren registradas y que laboren en el servicio doméstico.
  • Estén cobrando por una ART o Aseguradora de Riesgos de Trabajo.

Requisitos

Los requisitos que tenés que cumplir para poder hacer la solicitud de la Asignación de Licencia por Maternidad son los siguientes:

  • Tener como mínimo unos tres (3) meses de antigüedad en tu empleo antes de comenzar o solicitar la Licencia por Maternidad.
  • Tener unas doce (12) o más semanas de embarazo.
  • Y, si trabajas por temporada, antes de iniciar tu Licencia por Maternidad tenés que estar trabajando.

¿Cuáles documentos debo presentar en ANSES para hacer la solicitud?

Los documentos que tendrás que presentar van a depender del tipo de trabajo en el que te encuentres:

Trabajo bajo Relación de Dependencia

En este caso solo tenés que presentar la Declaración Jurada de novedades unificadas de SUAF, también conocido como el Formulario PS 2.55.

Trabajo de Servicio Doméstico

Por otro lado, si sos una trabajadora del servicio doméstico, estos son los documentos que debés recaudar:

  • La Declaración Jurada Maternidad Servicio Doméstico, conocido también como el Formulario PS 2.75.
  • La constancia de “Alta de Personal de Casas Particulares”, ésta la debés tener por cada uno de los empleos y la podés obtener por la página de AFIP.
  • El Volante de Pago Trabajador de Casas Particulares Aportes y Contribuciones o recibo de sueldo de cada uno de los empleos. (Formulario AFIP P:102/B o F.102/RT)

Para ambos casos

Sí querés recibir el beneficio en tu cuenta bancaria; solo tenés que consignar la Constancia de CBU emitida por el HomeBanking o un cajero en donde se encuentren todos tus datos bancarios como titular de la cuenta.

Costo del trámite

El trámite es completamente gratuito.

Trámite paso a paso

Lo primero que debés saber es que este trámite es únicamente presencial y con turno previo. En segunda instancia, que podés presentar la documentación correspondiente el mismo día en que finalice la Licencia por Maternidad acordada con tu empleador y que, de forma conjunta, podrás dar inicio a la tramitación para la solicitud de la Asignación por Prenatal.

Tené en cuenta los pasos a seguir:

  1. Acreditá tus datos y antes de hacerlo, debés revisar si tus vínculos familiares y datos personales se encuentran actualizados en Mi ANSES. Sí tus datos no están actualizados, tenés que llevar el día de tu turno en alguna de las oficinas de ANSES los documentos necesarios para hacer la actualización. (Orginal y copia de DNI del grupo familiar, certificado de convivencia o matrimonio, entre otros)
  2. Ahora debés completar una serie de formularios y estos van a depender del tipo de trabajo que poseas:

Trabajadoras bajo Relación de Dependencia

Tenés que completar el Formulario PS.2.55 en los rubros 1, 3, 5, 6 y 10. Recordá que debe estar firmado por tu empleador y tu médico.  Recordá, que si ténes más de un empleo, debés llenar un formulario por cada uno.

Trabajadoras de Servicio Doméstico

Tenés que completar el Formulario PS 2.75 en los rubros 1, 2, 3, 4, 5 y 6 y presentarlo firmado por tu médico y tu empleador. Y, al igual que en el caso anterior, deberás completar más de un formulario si posees más de un empleo. Además; por cada uno de tus trabajos debés obtener de la página de la AFIP la constancia del “Alta de Personal de Casas Particulares” y el Formulario F.102/B o F.102/RT- o recibo de sueldo de cada uno de los empleos.

Para ambos casos

  1. En el caso de que a tu bebé le diagnostiquen Síndrome de Dowm; tenés que completar el Formulario PS.2. 55 en los rubros 1, 3, 7 y 10 y presentar uno firmado tanto por tu empleador como por el médico por cada trabajo que tengas.
  2. Completado ese paso, ha llegado el momento de sacar el turno; presentate en una de las oficinas de ANSES con toda la documentación correspondiente antes de los 30 días de haber emitido el formulario. Si sucede que no podés asistir personalmente por algún motivo, podés enviar a alguien en tu lugar colocando sus datos en el rubro 9 denominado como “Representante” del formulario PS.2. 55.

Puntos importantes que debes saber

En el caso de que aún no lo tengas muy claro; La Licencia por Maternidad es otorgada por tu empleador mientras que, La Asignación Familiar por Maternidad es otorgada y pagada por la ANSES una vez que formalices tu solicitud presentando toda la documentación con la cuál le notificaste a tu empleador tu estado de embarazo.

Además, es importante que mantengas presente que ANSES no realiza intervención alguna en el otorgamiento de la Licencia por Maternidad este organismo público única y exclusivamente, se aboca al pago que la Asignación por Licencia de Maternidad que tiene por finalidad reemplazar el sueldo mínimo mientras transcurre la licencia. Esto se debe a que las trabajadoras que poseen dicha licencia tienen prohibido legalmente laborar y no cobrar su salario habitual durante la misma.

¿Cuál es el monto y la fecha de cobro de la Asignación de Licencia por Maternidad?

La fecha de cobro es definida según el calendario de pagos de Asignaciones Familiares emitidos por la ANSES y si hacés click aquí podrás conocerla; y el monto es igual al de tu sueldo bruto, es decir, sin descuentos de ninguna clase. Otro dato importante es que podés hacer la solicitud de la Asignación el día en que culmine tu licencia por maternidad, sin embargo, te recomiendo solicitarla antes que inicie tu licencia para que puedas recibir el pago mientras transcurre el tiempo de la misma.

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