Formulario PS 2.72: reclamo de asignaciones y apoderado
Cuándo se usa, qué cambió en la versión 2.0 y cómo se completa cada rubro.
En esta página
En pocas palabras
- Sirve para reclamar asignaciones si se venció el plazo de cobro o si tus datos no están actualizados.
- También registra a un apoderado o representante que cobre por vos.
- El medio de cobro ya no va en este formulario: se elige en Mi ANSES.
Ficha técnica
- Número
- PS 2.72
- Organismo
- ANSES
- Para qué sirve
- Reclamar asignaciones impagas y registrar un apoderado o representante
- Quién lo completa
- La persona titular. El rubro 2 lo completa ANSES
- Quién lo firma
- La persona titular y el apoderado o representante, con firma certificada
- Dónde se presenta
- Mi ANSES, Atención Virtual u oficina con turno, según el trámite
- Vigencia
- Versión 2.0
Fuente: ANSES, formulario PS 2.72, versión 2.0, consultado el 31/10/2026.
Fuente: ANSES, Reclamos de Asignaciones Familiares, consultado el 31/10/2026.
Para qué trámite es
Reclamo de asignaciones
Se usa ante un impago, un ajuste o un problema de cobro de la AUH y las asignaciones familiares. La página de la AUH lo indica también si estás a cargo de tu hijo y no estás cobrando.
Primero revisá los montos: un cambio en tu situación laboral o salarial puede reducir la asignación sin que corresponda reclamar. Si tenés un hijo con discapacidad, ANSES pide un trámite previo.
Apoderado o representante
La persona apoderada tiene que ser mayor de 18 años. Si cobra por vos, va en este formulario.
Si el titular es mayor de 13 años, puede designar un apoderado. Si es menor de 13, el apoderado tiene que ser su representante legal o natural: madre, padre o persona a cargo.
Cómo completarlo
- Rubro 1, titular: nombre, DNI, CUIL, correo y teléfonos. Si es menor de 13 años, hay que completar también el rubro 3.
- Rubro 2, reclamo: lo completa ANSES, con los períodos reclamados.
- Rubro 3, apoderado o representante: sus datos y desde qué período rige. Para cambiar al apoderado, completás los datos nuevos y el campo "Período desde".
- Rubro 4, representante: nombre, DNI, CUIL, teléfono y correo.
- Rubro 5, firmas: las de titular y apoderado o representante, con la certificación.
El PDF se puede llenar en pantalla. La hoja 3 es la constancia de recepción, con fecha y sello de ANSES.
Cómo y dónde se presenta
Para reclamar
Qué tener a mano
- Consultá tus datos personales y vínculos familiares en Mi ANSES.
- Hacé el reclamo por Mi ANSES o por Atención Virtual, o sacá un turno en ANSES.
- Si vas a una oficina, llevá la documentación y el formulario con su constancia de recepción.
Para designar un apoderado
- Completá el formulario con tus datos y los de la persona apoderada.
- Sacá un turno: este trámite se hace en una oficina.
- Presentate con esa persona, con los dos DNI y el formulario, para certificar las firmas.
Más formularios en la lista de formularios de ANSES. Si lo que necesitás es pasar el cobro del otro progenitor a vos, es el PS 2.73. Para el 20% acumulado está la Libreta AUH. El PS 2.63, de representantes, es un formulario más viejo que ANSES ya no lista en la AUH.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el formulario 2.72 de ANSES?
Es el formulario para reclamar asignaciones impagas y para registrar un apoderado o representante. Su nombre completo menciona la Cobertura Universal de Niñez y Adolescencia.
¿Con este formulario cambio el medio de cobro?
Ya no. La versión 2.0 no tiene ese rubro. Para las asignaciones, el medio de cobro se elige solo en Mi ANSES, en Cobros, Elegir medio de cobro asignaciones y programas.
¿Se puede hacer el reclamo por internet?
Sí. Se hace por Mi ANSES, por Atención Virtual o en una oficina con turno. Para designar un apoderado, en cambio, hay que ir a una oficina con turno.
¿Quién puede ser apoderado?
Una persona mayor de 18 años. Si el titular es menor de 13 años, según el formulario, tiene que ser su representante legal o natural.
¿Quién certifica las firmas?
Un funcionario de ANSES, un escribano, la policía o un juez de paz. Si el titular está internado, el director del establecimiento de salud.
¿Tengo que ir con mi apoderado?
Sí. Cuando se designa un apoderado, se presentan los dos para certificar las firmas ante ANSES.
¿Siempre corresponde reclamar si cobré menos?
No. ANSES avisa que un cambio en tu situación laboral o salarial puede bajar la asignación o dejarla sin pago, y eso no genera un reclamo.
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Fuentes oficiales (4)
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