Modelo de contrato de alquiler de vivienda
Para completar, imprimir y firmar entre locador e inquilino. Abajo está lo que se puede pactar y lo que ya fija el Código.
En esta página
En pocas palabras
- Los alquileres se rigen por el Código Civil y Comercial, arts. 1187 a 1226. El DNU 70/2023 derogó la Ley 27.551 y dejó libres el plazo, la moneda, el ajuste y el depósito.
- El contrato tiene que ser por escrito. Si no fija plazo y es vivienda permanente, dura 2 años.
- El modelo de esta página está redactado sobre ese texto. Sirve para vivienda permanente, no para alquiler temporario ni comercial.
Modelo de contrato de alquiler
CONTRATO DE LOCACIÓN DE VIVIENDA
En ______________, a los ____ días de ______________ de ______, entre ______________________ (nombre y apellido), DNI, CUIL o CUIT ______________, con domicilio en ______________________ y correo electrónico ______________, en adelante EL LOCADOR, y ______________________ (nombre y apellido), DNI, CUIL o CUIT ______________, con domicilio en ______________________ y correo electrónico ______________, en adelante EL LOCATARIO, acuerdan este contrato de locación:
PRIMERA, objeto y destino. EL LOCADOR da en locación a EL LOCATARIO el inmueble de ______________________ (calle, número, piso, unidad, localidad y provincia). EL LOCATARIO lo destina a su vivienda permanente y no puede cambiar ese destino.
SEGUNDA, plazo. El contrato dura ____ meses, desde el ____ de ______________ de ______ hasta el ____ de ______________ de ______.
TERCERA, precio y pago. El alquiler es de ______________________ (moneda y suma, en letras y números) por mes. Se paga por adelantado, del día ____ al día ____ de cada mes, en ______________________ (cuenta, CBU o lugar de pago), y en la moneda pactada.
CUARTA, ajuste. El alquiler se ajusta cada ____ meses según ______________________ (índice). Si el índice deja de publicarse, se aplica lo que dispone el artículo 1199 del Código Civil y Comercial.
QUINTA, atraso. Si EL LOCATARIO se atrasa en el pago, debe un interés de ____ % ______________ (por día o por mes) desde el vencimiento.
SEXTA, depósito en garantía. EL LOCATARIO entrega ______________________ (moneda y suma) en depósito. EL LOCADOR lo devuelve ______________________ (cuándo y cómo).
SÉPTIMA, garantía. ______________________ (nombre y apellido), DNI ______________, con domicilio en ______________________, se constituye en fiador de las obligaciones de EL LOCATARIO por el plazo de este contrato y por la obligación de devolver el inmueble, hasta la suma máxima de ______________________.
OCTAVA, servicios y expensas. EL LOCATARIO paga ______________________ (luz, gas, agua, internet u otros) y las expensas que derivan de gastos habituales. EL LOCADOR paga los impuestos y cargas que gravan el inmueble y las expensas comunes extraordinarias.
NOVENA, conservación y reparaciones. EL LOCADOR conserva el inmueble en estado de servir para vivienda y repara lo que no sea imputable a EL LOCATARIO. EL LOCATARIO lo mantiene en el estado en que lo recibió y responde por los deterioros que cause.
DÉCIMA, mejoras. EL LOCATARIO no puede hacer mejoras sin autorización escrita de EL LOCADOR.
DECIMOPRIMERA, cesión y sublocación. EL LOCATARIO no puede ceder este contrato ni sublocar el inmueble, en todo o en parte.
DECIMOSEGUNDA, estado del inmueble. EL LOCATARIO recibe el inmueble en este estado: ______________________. Muebles y artefactos incluidos: ______________________.
DECIMOTERCERA, terminación anticipada. EL LOCATARIO puede terminar el contrato en cualquier momento, pagando el 10 % del saldo de alquileres que falte, calculado desde la notificación hasta la fecha de finalización de este contrato. EL LOCADOR puede resolverlo por cambio de destino, uso irregular, falta de conservación o abandono, por falta de pago de dos períodos consecutivos y por ______________________ (otras causas que acuerden las partes).
DECIMOCUARTA, devolución. Al terminar el contrato, EL LOCATARIO devuelve el inmueble y las llaves en el estado en que lo recibió, salvo el desgaste por el paso del tiempo y el uso regular, y entrega las constancias de pago de impuestos y servicios a su cargo.
DECIMOQUINTA, domicilios y tribunales. Las partes constituyen domicilio en los indicados arriba, donde son válidas las notificaciones, y domicilio electrónico en los correos indicados. Para cualquier conflicto se someten a los tribunales de ______________.
Se firman ____ ejemplares del mismo tenor en el lugar y la fecha indicados.
Locador: ______________________ Aclaración y DNI: ______________________
Locatario: ______________________ Aclaración y DNI: ______________________
Fiador: ______________________ Aclaración y DNI: ______________________
Si no sabés tu número para completar los datos de las partes, mirá cómo saber tu CUIL.
Para un inmueble en la Ciudad de Buenos Aires, el Instituto de Vivienda de la Ciudad publica su propio modelo con un instructivo.
Qué pueden pactar las partes
| Cláusula | Qué dice la ley | Norma |
|---|---|---|
| Plazo | El que acuerden las partes, hasta 20 años. Si no lo ponen, 2 años | Arts. 1197 y 1198 |
| Moneda | Pesos o moneda extranjera. El inquilino no puede exigir pagar en otra moneda | Art. 1199 |
| Ajuste | Se puede pactar con cualquier índice público o privado, en la misma moneda del alquiler | Art. 1199 |
| Pago | La periodicidad se pacta, pero no puede ser menor a un mes. Si no dice nada, por mes y por adelantado | Arts. 1196 y 1208 |
| Depósito | Monto, moneda y forma de devolverlo los fijan las partes | Art. 1196 |
| Causas para resolver | El contrato puede agregar causas a las de la ley | Art. 1219, d |
Por ejemplo, no vale la cláusula que impide que viva en el inmueble una persona incapaz o con capacidad restringida que esté bajo la guarda, asistencia o representación del inquilino (art. 1195).
Fuente: Código Civil y Comercial, texto actualizado (Argentina.gob.ar), consultado el 30/10/2026.
Reparaciones
Si el locador no responde a un pedido de reparación urgente, el inquilino la puede hacer por su cuenta y a cargo del locador, una vez pasadas 24 horas corridas desde la notificación.
Si no es urgente, tiene que intimarlo con un plazo de 10 días corridos o más. La notificación al domicilio que el locador puso en el contrato es válida aunque se niegue a recibirla (art. 1201).
Para mandar ese aviso por escrito, mirá cómo se envía una carta documento.
Garante
El fiador deja de estar obligado cuando vence el plazo, salvo por la no devolución del inmueble a tiempo. Para una renovación hace falta que vuelva a consentir (art. 1225). En el modelo, el garante firma al pie.
Si además te piden un documento por el alquiler, mirá qué compromete un pagaré antes de firmarlo.
Trámites relacionados
Preguntas frecuentes
¿Cómo se hace un contrato de alquiler para que tenga validez?
Tiene que ser por escrito, igual que sus prórrogas y modificaciones. El artículo 1188 no exige escribano.
¿Cuál es el plazo mínimo de un alquiler de vivienda?
El Código no fija un mínimo: rige el plazo que pongan las partes. Si no ponen ninguno y es vivienda permanente, son 2 años. El máximo es de 20 años.
¿Cada cuánto puede aumentar el alquiler?
Lo acuerdan las partes en el contrato, igual que el índice. El artículo 1199 no fija un período ni un índice.
¿Se puede alquilar en dólares?
Sí. Si el contrato dice dólares, el inquilino no puede exigir que le acepten otra moneda. El índice de ajuste tiene que estar expresado en la misma moneda.
¿De cuánto es el depósito?
La ley no fija un monto. Las partes acuerdan la cantidad, la moneda y cómo se devuelve al terminar.
¿Cuánto paga el inquilino si se va antes?
Si el contrato no dice otra cosa, el 10 % del alquiler que falta pagar, desde que avisa hasta la fecha de fin del contrato. Por ejemplo, si faltan 10 meses al mismo precio, paga el equivalente a un mes. Puede hacerlo en cualquier momento.
¿Quién paga las expensas?
El inquilino solo puede hacerse cargo de las que derivan de gastos habituales. Las extraordinarias y los impuestos que gravan el inmueble no son a su cargo.
¿El garante sigue obligado si renovamos?
No, salvo que dé su consentimiento expreso para la renovación. Es nula la cláusula que extienda la fianza por adelantado. Sí responde si el inmueble no se devuelve a tiempo.
¿Qué pasa si se vence el contrato y sigo en la vivienda?
El contrato continúa en los mismos términos, hasta que una de las partes lo dé por terminado con una comunicación fehaciente.
¿Cuándo me pueden pedir que me vaya por no pagar?
Si faltan dos períodos consecutivos, el locador puede resolver el contrato. Antes de demandar el desalojo por falta de pago, tiene que intimarte con un plazo de 10 días corridos o más, y decirte dónde pagar.
¿Hay que registrar el contrato en ARCA?
Solo si se quieren usar los incentivos fiscales de la Ley 27.737. En ese caso, va en el servicio "Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI" dentro de los 15 días corridos de firmado.
Fuentes oficiales (5)
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