Certificado de Cobertura

cobertura del seguro

El Certificado de Cobertura es un documento provisorio que emite la aseguradora para que un vehículo pueda circular mientras dura el proceso de emisión de la póliza definitiva. A continuación, te contamos cómo gestionar tu trámite.

¿Qué es y para qué sirve el Certificado de Cobertura del seguro?

El Certificado de Cobertura es un documento que te da la facilidad de circular de forma segura, mientras el proceso de emisión de la póliza definitiva se procese y se te sea entrada. Cuando contratas un seguro para tu vehículo, la entidad con la que adquirís los servicios de protección y seguridad, te debe proporcionar el respectivo Certificado.

Este documento permite demostrar que tu auto o transporte, se encuentra afiliado a un sistema de seguros, el cual es solicitado por las autoridades al momento de cualquier percance que afecte tu vehículo.

Debés tener en cuenta que, si no posees el Certificado de cobertura, al momento de ser solicitado por la autoridad de tránsito, posiblemente quedes sujeto a una multa o incluso, la retención de tu vehículo o del carnet de conducir. Ya que este es un documento obligatorio, según la Ley Nº 24.449

¿Cuándo presentar el certificado de cobertura?

  • Cuando los inspectores de seguridad a través de los puntos de control, te soliciten el Certificado de cobertura, en cualquiera de las calles o carreteras de Argentina.
  • Para demostrar el respaldo del vehículo, ante cualquier daño ocasionado por accidente o siniestros con el mismo.
  • Cuando se quiere transferir un automóvil, el Certificado de cobertura se solicita para someter al mismo a una verificación policial previa.

Requisitos

  • Vas a necesitar acreditar tu identidad y demostrar la posesión del rodado, por lo cual tendrás que exhibir tu DNI y la cédula verde y el título del vehículo. También deberías acreditar tu domicilio, a través de un servicio o impuesto a tu nombre. 
  • Antes de extenderte la póliza, la compañía te exigirá el cumplimiento de la revisión técnica obligatoria o hará una inspección del automotor para garantizar que esté en condiciones reglamentarias de seguridad en caso de que no hayas hecho esa revisión técnica el año anterior.
  • Una vez acreditados tus datos y completados los formularios, leé todas las cláusulas del contrato cuidadosamente y firmá la documentación. Chequeá que los datos del contrato y de la póliza coincidan.

¿Cómo obtener el certificado de cobertura de seguros?

Para obtener el documento, no hay un procedimiento exacto. Ya que, la empresa o compañía de seguros es la que debe encargarse de proporcionar dicho documento una vez se haya firmado el contrato. Tras contratar el seguro, la compañía te va a entregar una copia del contrato y de la póliza. No te olvides de llevarla siempre con vos en la guantera del automotor.

En el caso de que, al momento de la afiliación, la empresa no se hizo cargo de proporcionarle tu Certificado de cobertura, podés llamar a los agentes autorizados y consultar.

Si tenés que adquirir el Certificado de forma virtual, debés ingresar al portal web de tu aseguradora, a la cual te afiliaste y procede con la descarga de tu documento.

Sólo debés indicar los datos que te solicite el sistema, y proceder con el mismo. Podés guardarlo en formato PDF o imprimirlo.

¿En qué situaciones no cubre el seguro?

  • Si al momento del siniestro el conductor se encuentra bajo los efectos del alcohol o drogas
  • Si el conductor circula sin registro o lo tiene vencido
  • Si los daños causados intencionalmente por el asegurado
  • Las demás exclusiones estipuladas en la póliza

¿Qué hacer en caso de accidente de tránsito?

Si te toca pasar por una situación así, tenés que saber que todos los partícipes de un accidente de tránsito están obligados por ley a:

  • Detenerse inmediatamente;
  • Brindar los datos de su licencia de conductor y del seguro obligatorio a la otra parte y a la autoridad interviniente (Si éstos no estuviesen presentes, debés adjuntar esos datos adhiriéndolos eficazmente al vehículo dañado);
  • Denunciar el hecho ante la autoridad;
  • Presentarse y declarar ante el juzgado al ser citados.
  • Por su parte, las autoridades están obligadas a organizar un sistema de auxilio de emergencias, prestando, requiriendo y coordinando los socorros necesarios a través de medios de comunicación, de transporte y asistenciales.

Si sos titular del vehículo, siempre serás responsable por los daños, aunque quien lo conduzca en el momento del accidente sea otra persona.

¿Qué hacer si choqué contra un vehículo que no tenía seguro?

En este caso es importante actuar rápidamente. Algunas sugerencias:

  • Hacé la denuncia policial dentro de las 48 horas de ocurrido el hecho.
  • Si sabés dónde estaba asegurado el vehículo cuyo conductor te chocó, presentate ante la compañía para que te tomen la denuncia del accidente. Si te responden que no corresponde el pago por falta de cobertura, esa respuesta por escrito te servirá a vos como elemento de prueba ante un eventual juicio contra esa persona.
  • Mandale una carta documento a quien te chocó, intimándolo a reparar los daños ocasionados, bajo apercibimiento de iniciar acciones legales.
  • Si no obtenés respuesta satisfactoria a la intimación, podrás iniciarle un juicio civil, exigiéndole una indemnización por daños y perjuicios.

Puntos importantes que debés saber

  • El Certificado de cobertura, es un documento de carácter provisorio, el cual tiene validez por 15 días hasta que se emita la póliza definitiva por la contratación del seguro. Sin embargo, se utiliza como un documento legal para probar que su vehículo puede circular por las calles y carreteras de la nación, con total seguridad y sin riesgo a pérdida.
  • Para tener este certificado correspondiente debés mantener al día el pago de su prima, al tener el seguro impago estás desprotegido ante los diferentes siniestros que pueden ocurrir además de encontrarte fuera de la ley.
  • Por lo general, las pólizas de seguro para automóviles, tiene un periodo de duración anual. El cual debe ser cancelado, en cuotas preestablecidas en el contrato para poder seguir gozando sus beneficios

Empresas de seguro

Todas las compañías de seguros establecidas en el país. Poseen u ofrecen paquetes de cobertura perecidos, por lo general, les proporcionan a los clientes 4 tipos, según el caso.

  1. El primer tipo de cobertura, se encarga de cubrir y respaldar cualquier daño que se les ha causado a terceras personas.
  2. El segundo se dedica a la cobertura de automóviles que han sido perdidos en su totalidad, quiere decir, por hurto del automóvil, incendio o destrucción del mismo.
  3. Esta clase de cobertura centra su respaldo a la destrucción parcial o total del automóvil, pero por accidentes.
  4. Por último, este tipo de cobertura funciona para daños parciales o completos, pero por cualquier causa, quiere decir, hurto, incendio, destrucción o accidente.

Preguntas Frecuentes

¿Es obligatorio contratar un seguro automotor?

Sí, es obligatorio. Si sos dueño o conductor de un auto, sabé que en nuestro país el seguro automotriz es exigido para circular con el rodado.

¿Qué tipo de seguro debo contratar?

La ley establece la contratación de un seguro de responsabilidad civil, más conocido como seguro contra terceros y es el que te brinda cobertura frente a daños físicos y materiales ocasionados a otras personas, transportadas o no, como consecuencia de un accidente de tránsito.

¿Cuál es el plazo para denunciar un siniestro?

Deberás comunicarte con la aseguradora dentro de las próximas 72 horas de ocurrido el siniestro.

Si vendo el auto, ¿se puede transferir el seguro?

No. Los seguros de autos son intransferibles. Lo que se debe hacer es anular la póliza a tu nombre y realizar una nueva contratación con el nuevo titular del vehículo.

¿Qué documentación debo tener para circular con mi auto?

Deberás tener: la licencia de conducir al día, la Cédula Verde, patente al día y el comprobante del seguro. En el caso de que viajes a cualquier país del MERCOSUR, deberás agregar el certificado MERCOSUR que se te envía junto con la póliza.

¿En caso de accidente, el seguro cubre automáticamente a la persona afectada?

Sí, siempre y cuando el hecho ocurra dentro de la vigencia de la póliza de seguro contratada. Sin embargo, este reclamo no podrá presentarse más allá de los dos años contados a partir del accidente.

¿Qué duración debe tener el seguro obligatorio contra terceros?

La ley establece una extensión anual.

¿El seguro obligatorio contra terceros cubre daños ocasionados a mi propio vehículo?

No. Esta cobertura abarca daño emergente, daño moral y lucro cesante producidos a terceros y no contempla daños materiales ocasionados a tu propio vehículo. Si querés incluir esta protección deberás contratar una póliza ampliada.

¿Qué diferencia hay entre prima y premio?

La prima es lo mínimo que debe cobrarte la compañía para poder cumplir con sus obligaciones de aseguradora y responder económicamente ante un siniestro.
El premio es lo que vas a pagar por tu seguro y está conformado por la prima más los impuestos, gastos de administración, mantenimiento y otros conceptos que aplique la compañía.

¿Cuándo se paga el seguro?

El seguro se abona por mes adelantado y la fecha de pago corre desde el mismo día en que lo contratas. Suponiendo que lo hacés el día 15, probablemente la fecha de vencimiento de tu pago será el mismo día.

¿Qué pasa si choco y mi seguro está vencido?

Si no abonaste en término, no tendrás ninguna cobertura.  Un seguro es un contrato entre dos partes: la aseguradora y vos como asegurado. Por ese contrato, la compañía queda obligada a asumir un compromiso de pago ante cualquier eventualidad que ocurra y vos quedas obligado a abonar la cuota en el plazo convenido por la aseguradora.

¿Qué puedo hacer si la persona que me embistió no se detuvo?

En ese caso deberás a toda costa visualizar la patente del vehículo que te chocó. Con el número de patente, podés iniciar el trámite Solicitar un informe de dominio del automotor, para conocer el nombre del titular del rodado e iniciarle acciones legales. También podés hacer el mismo trámite en forma exprés: Solicitar un informe de dominio del automotor con carácter urgente.

¿El seguro obligatorio contra terceros rige también para las motos?

Sí, el seguro para las motocicletas se rige por las mismas condiciones que las de los automotores.

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