Plan Básico Universal: terminó en abril de 2024
Qué era el plan de internet, celular y TV paga a precio regulado, por qué ya no se puede pedir y qué podés hacer hoy.
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Terminado El Plan Básico Universal (PBU) no está vigente desde el 10 de abril de 2024.
Según Decreto 302/2024 (DNU), Boletín Oficial del 10/04/2024 (consultado el 04/11/2026).
El decreto sacó la prestación básica universal de la Ley Argentina Digital y derogó el DNU 690/2020, en el que se apoyaba. Hoy no hay un trámite para pedirlo ni un precio oficial.
En pocas palabras
- Desde el 10/04/2024 las empresas no están obligadas a ofrecer el PBU y fijan sus propios precios.
- No hay formulario ni declaración jurada para pedirlo: ENACOM dio de baja esas páginas.
- Si tenés un problema con tu internet, celular o cable, podés reclamar a la empresa y, si no responde, a ENACOM.
- Para otros gastos de la casa siguen vigentes el subsidio de luz y gas y la Tarifa Social SUBE, entre otras ayudas.
Qué podés hacer hoy con internet, celular o TV paga
Las empresas fijan sus precios, que tienen que ser "justos y razonables" (Ley 27.078, art. 48, en la versión del DNU 302/2024). Lo que sigue vigente son tus derechos como cliente y la vía para reclamar.
- Reclamá primero a tu empresa, por los medios que figuran en tu factura. La empresa tiene que darte un número de reclamo.
- Si no te contesta en tiempo y forma, o la respuesta no te conforma, reclamá a ENACOM por Trámites a Distancia (TAD). Necesitás clave fiscal nivel 2.
- Para consultas, ENACOM atiende en el 0800-333-3344, de lunes a viernes de 9 a 14.
Derechos que tenés como cliente
Según la página de ENACOM sobre el reglamento de clientes, consultada el 04/11/2026.
- La empresa te tiene que enviar la factura en papel con al menos 10 días de anticipación. Si llega fuera de plazo, no te pueden cobrar recargo ni cortarte el servicio.
- En una línea prepaga, el crédito dura 180 días. Si das de baja la línea, te tienen que devolver el saldo dentro de los 30 días corridos.
- La empresa tiene que responder tu reclamo en 3 días hábiles si es por fallas o cortes del servicio, en 5 si es por facturación y en 10 en los demás casos.
- Tu empresa de cable te tiene que avisar con 30 días de anticipación si cambia los canales de tu servicio.
Otras ayudas vigentes para los gastos de la casa
- Subsidio de luz y gasRequisitos, descuento del mes e inscripción en el ReSEF
- Subsidio a la garrafaEl Programa Hogar terminó: así se pide hoy la garrafa
- Tarifa Social SUBEDescuento en colectivos y trenes y cómo activarlo
- Tarifa social de aguaPara usuarios de AySA
- Beneficios ANSESDescuentos para jubilados pagando con débito
Qué era el Plan Básico Universal
Desde el 1 de enero de 2021, la Resolución ENACOM 1467/2020 obligó a las empresas a ofrecer planes de telefonía fija, celular, internet y TV paga a un precio regulado por ENACOM. Se pedía con una declaración jurada de ENACOM que se presentaba ante la empresa.
Podían pedirlo, según ENACOM (en la mayoría de los grupos, también los hijos de 16 a 18 años):
- Quienes cobraban la AUH o la Asignación por Embarazo.
- Jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que cobraban hasta 2 salarios mínimos.
- Quienes tenían una pensión no contributiva de hasta 2 salarios mínimos.
- Monotributistas sociales y monotributistas con ingresos de hasta 2 salarios mínimos.
- Quienes cobraban el seguro de desempleo o una beca Progresar.
- Trabajadoras y trabajadores de casas particulares.
- Personas desocupadas, en la economía informal o con un programa social.
- Clubes de barrio, bomberos voluntarios y entidades de bien público registradas.
Por qué terminó
- 10 de abril de 2024. El DNU 302/2024 cambió los artículos 48 y 54 de la Ley 27.078: las empresas fijan sus precios y solo el servicio básico telefónico sigue siendo servicio público. También derogó el DNU 690/2020. En sus fundamentos dice que "la prestación básica universal obligatoria" debe "quedar sin efecto". Rige desde ese día.
- 27 de junio de 2024. La Resolución ENACOM 13/2024 derogó las resoluciones de precios dictadas con el DNU 690/2020, entre ellas la 2187/2021. Según ENACOM, las normas dictadas con ese decreto siguen "su misma suerte".
La Resolución 1467/2020, que creó el PBU, no tiene una derogación expresa. La obligación de ofrecerlo dejó de existir porque se derogó el decreto en el que se apoyaba y la ley ya no la prevé.
Por qué todavía ves páginas oficiales que lo dan por vigente
En el sitio de ENACOM y en argentina.gob.ar siguen publicados anuncios de 2021 que hablan del PBU en presente. Uno empieza con "A partir de hoy, la telefonía celular, la telefonía fija, Internet y la televisión paga estarán al alcance de todos y todas".
Son anteriores al DNU 302/2024. En cambio, la página del trámite y la de la declaración jurada ya redirigen a "Página no disponible" (consultadas el 04/11/2026).
¿Buscabas la PBU de tu jubilación?
Es otra cosa con la misma sigla. La Prestación Básica Universal de ANSES es una de las partes del haber de la jubilación (Ley 24.241, art. 17) y no terminó: se sigue pagando y se actualiza con la movilidad.
Monto de la PBU de este mesLa jubilación mínima, la máxima, la PUAM y la PBU, con su norma
Dónde aparece la PBU en tu reciboCómo descargar y leer el recibo de haberes de ANSES
Preguntas frecuentes
¿Todavía puedo pedir el plan de celular de $150?
No. Los planes del PBU tenían un precio fijado por ENACOM, y el DNU 302/2024 los dejó sin efecto: desde el 10/04/2024 la ley dice que las empresas fijan sus precios.
¿Dónde está el formulario o la declaración jurada de ENACOM?
Ya no está. La página del PBU y la de la declaración jurada en el sitio de ENACOM redirigen a "Página no disponible" (consultadas el 4/11/2026). Las notas que mandan a descargarla tienen enlaces que ya no funcionan.
¿Por qué una página de ENACOM dice que está vigente?
Porque son anuncios de 2021 que siguen publicados. La norma en la que se apoyaban, el DNU 690/2020, fue derogada por el DNU 302/2024.
¿La PBU de mi jubilación también terminó?
No. Es otra cosa con la misma sigla: la Prestación Básica Universal de ANSES es una de las partes del haber de la jubilación (Ley 24.241, art. 17) y se sigue pagando.
Mi empresa de internet no me responde un reclamo: ¿puedo ir a ENACOM?
Sí. Primero tenés que reclamar a la empresa. Si no te contesta en tiempo y forma, o la respuesta no te conforma, podés reclamar a ENACOM por Trámites a Distancia (TAD), con clave fiscal nivel 2.
Fuentes oficiales (11)
- Decreto 302/2024 (DNU), Boletín Oficial del 10/04/2024
- Resolución ENACOM 13/2024, Boletín Oficial del 27/06/2024
- Resolución ENACOM 1467/2020 (InfoLEG)
- ENACOM, página de la Prestación Básica Universal y Obligatoria (2021)
- Argentina.gob.ar, noticia «Prestación Básica Universal» del 27/05/2021
- ENACOM, página del PBU (hoy redirige a «Página no disponible»)
- ENACOM, página de la declaración jurada del PBU (hoy redirige a «Página no disponible»)
- ENACOM, Reclamos de telefonía fija, móvil, Internet, cable TV y postales
- ENACOM, Problemas con el servicio: reclamos de Internet
- ENACOM, Conocé el reglamento de clientes
- Ley 24.241, art. 17 (InfoLEG, texto actualizado)
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