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Formulario 870 Anexo II: solicitud de partidas FANI para escuelas oficiales

Para qué sirve, qué gastos se pueden pedir, quién lo firma y qué pasa en la Delegación Regional.

En esta página
  1. Ficha técnica
  2. Qué se puede pedir con el FANI
  3. Cómo completarlo
  4. Qué llevar a la Delegación Regional
  5. Qué pasa después
  6. Escuelas de gestión privada: el Anexo III
  7. Preguntas frecuentes
  8. Trámites relacionados

En pocas palabras

  • Es la "Solicitud de partidas para establecimientos oficiales" del Fondo para Atención de Necesidades Inmediatas (FANI), el Anexo II de la Resolución 870/2008 del Ministerio de Educación de Santa Fe.
  • Lo firman el director y el supervisor seccional. Se presenta en la Delegación Regional con un presupuesto como mínimo.
  • Las escuelas de gestión privada usan otro formulario: el Anexo III.

Ficha técnica

Número
Anexo II de la Resolución 870/2008
Organismo
Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe
Para qué sirve
Pedir partidas del Fondo para Atención de Necesidades Inmediatas (FANI) para una escuela oficial.
Quién lo completa
La dirección de la escuela.
Quién lo firma
El director o la directora y el supervisor o la supervisora seccional.
Dónde se presenta
En la Delegación Regional de Educación que corresponde a la escuela.
Costo
Gratuito.

Descargar el Anexo II (PDF de Santa Fe)

Fuente: Ministerio de Educación de Santa Fe, Anexo II de la Resolución 870 (PDF), consultado el 28/10/2026.

Qué se puede pedir con el FANI

Sirve para pedir fondos para infraestructura o equipamiento cuando un problema pone en riesgo el normal desarrollo del ciclo lectivo. Según el Anexo I de la resolución, el pedido puede ser de:

  • Equipamiento básico para la actividad educativa y para los servicios alimentarios de la escuela.
  • Obras en servicios sanitarios: agua potable, desagües cloacales o pluviales y baños.
  • Instalaciones eléctricas.
  • Instalaciones de gas.
  • Techos, paredes, accesos y ventanas dañados que afecten el uso del espacio educativo.
  • Seguridad: equipamiento o infraestructura para proteger a los alumnos, al personal y los bienes de la escuela.

La solicitud tiene que explicar por qué es urgente o imprevista:

  • Necesidades urgentes: explicar qué relación tiene con el servicio educativo y por qué tiene que atenderse antes que otras necesidades de la escuela.
  • Situaciones extraordinarias que no se podían prever: explicar la relación con el servicio educativo y por qué no se podía prever.

Cómo completarlo

  1. Poné el lugar, la fecha y el número de la Delegación Regional a la que va dirigido.
  2. Escribí el número, el tipo y el nombre de la escuela, y el detalle de lo que pide.
  3. En "Fundamentación", explicá la relación con el servicio educativo y por qué no puede esperar.
  4. Firman y sellan el director o la directora y el supervisor o la supervisora seccional.
  5. El recuadro "Intervención de la Delegación Regional" lo completa la Delegación.

Qué llevar a la Delegación Regional

Qué tener a mano

Si el edificio o el equipamiento lo comparten escuelas de distintos niveles, firman las autoridades de todas.

Qué pasa después

  • La dirección lo presenta con el aval de la supervisión, y la Delegación Regional evalúa si corresponde.
  • Si el monto no supera el máximo que fija el Decreto 1299/08, la Delegación puede liberar los fondos por su Habilitación.
  • Si no tiene partida o el monto es mayor, lo eleva a la Dirección Provincial de Infraestructura y Equipamiento Escolar, que analiza si el gasto es elegible.
  • Cuando se resuelve, el Ministerio le comunica a la escuela la adjudicación y entrega los fondos por cheque o transferencia.
  • La rendición de cuentas se presenta dentro de los 20 días corridos desde que se entregaron los fondos. Si el trabajo lo requiere, la rendición va con las certificaciones técnicas de personal del Ministerio de Educación.

Presentarlo lleva entre 24 y 48 horas, según lo que tarden los presupuestos. La respuesta depende de la disponibilidad de presupuesto del Ministerio.

Escuelas de gestión privada: el Anexo III

Una escuela privada puede pedir fondos del FANI si cumple todo esto:

  • Estar incorporada con aporte estatal del 100 %.
  • No cobrar cuotas.
  • No deber rendiciones de cuentas de aportes anteriores.
  • Tener una población escolar de nivel socioeconómico deficitario.
  • Estar en un área urbano-marginal o de extrema necesidad.

Usa el Anexo III de la Resolución 870, que se presenta ante el Servicio Provincial de Enseñanza Privada.

Otros fondos: El mismo trámite incluye el Fondo Provincial de Ayuda Escolar, con formularios propios para obras (Resolución 162/02) y equipamiento (Resolución 163/02).

En la biblioteca también están otros formularios de servicios: el formulario 531 de ARBA, que piden las empresas de luz, gas y agua en la provincia de Buenos Aires, y el formulario 3.4 A de MetroGAS, para proyectos de instalación de gas.

Todos los formulariosPara qué sirve cada formulario, con el enlace al oficial

Preguntas frecuentes

¿Qué es el FANI?

Es el Fondo para Atención de Necesidades Inmediatas del Ministerio de Educación de Santa Fe. Da partidas a las escuelas para infraestructura o equipamiento cuando un problema pone en riesgo el ciclo lectivo.

¿Quién firma el formulario 870 Anexo II?

Lo firman el director o la directora de la escuela y el supervisor o la supervisora seccional, con firma y sello.

¿Dónde se presenta?

Las escuelas oficiales lo presentan ante la Delegación Regional correspondiente.

¿Cuántos presupuestos hay que adjuntar?

Uno como mínimo. En las obras, la documentación técnica necesita el aval del área de Infraestructura de la Delegación Regional.

¿Y si la escuela es de gestión privada?

Usa el Anexo III, que va dirigido al Servicio Provincial de Enseñanza Privada, y tiene que cumplir requisitos propios, como el aporte estatal del 100 % y no cobrar cuotas.

¿Cuánto tarda?

Presentarlo lleva entre 24 y 48 horas, según lo que tarden los presupuestos. La respuesta depende de la disponibilidad de presupuesto del Ministerio.

¿Hay que rendir cuentas?

La rendición de cuentas se presenta dentro de los 20 días corridos desde que se entregaron los fondos.

Trámites relacionados