Formulario 3.4 A de MetroGAS: el proyecto de instalación de gas
Cuándo hace falta, qué datos y qué plano lleva, quién lo presenta y qué resultados puede dar la factibilidad.
En esta página
En pocas palabras
- El formulario 3.4 A de MetroGAS es el documento donde se declara el proyecto de instalación de gas. Con él se pide la factibilidad del suministro.
- Lo presenta el gasista matriculado, con el plano de la instalación. Lo firman el propietario y el instalador.
- Después viene el formulario 3.5, para pedir las inspecciones.
Ficha técnica
- Número
- 3.4 A
- Organismo
- MetroGAS, distribuidora de gas
- Para qué sirve
- Declarar el proyecto de instalación de gas y pedir la factibilidad del suministro.
- Quién lo completa
- El instalador matriculado, con los datos del cliente.
- Quién lo firma
- El propietario y el instalador.
- Dónde se presenta
- En MetroGAS, por AVM, el portal de atención virtual para matriculados.
Descargar el formulario 3.4 A (PDF de MetroGAS)
Fuente: MetroGAS, Preguntas frecuentes para matriculados, consultado el 28/10/2026.
Cuándo hace falta
El 3.4 A se presenta con el plano de la instalación interna en estos casos:
- Instalación nueva.
- Modificación o ampliación de cañerías internas existentes.
- Cambio de lugar del gabinete del medidor o de la regulación.
- Agregado de otro suministro en el mismo predio.
El traslado del medidor también empieza con el 3.4 A y los planos con las distancias actuales y futuras.
Qué datos y qué plano lleva
Lleva la dirección, los datos del cliente y del instalador matriculado, el consumo total de los artefactos en kcal/h y el cuadro de calles con la distancia donde se proyecta el servicio.
Va con el plano de la instalación interna, en escala 1:100: cañería en rojo, artefactos en negro y ventilaciones en verde. Se puede pedir solo la factibilidad: en la primera presentación, el plano no necesita el recorrido de la cañería interna ni la ubicación de los artefactos.
El formulario tiene recuadros para el tipo de proyecto (nuevo, ampliación o modificación), el domicilio, el instalador, el propietario, el detalle de artefactos y consumos, el estado de la finca y el medidor existente.
Lo firman el propietario y el instalador, que declara bajo juramento cumplir las normas de instalaciones domiciliarias de gas.
Si una unidad funcional pasa de 12,5 m³, se suma la Planilla de Consulta Previa para el medidor de alto consumo.
Quién lo puede presentar
El matriculado lo carga en AVM, el portal de MetroGAS para matriculados, con la opción "Crear Formulario F3.4A". El resultado de los trámites se ve en AVM (Atención Virtual Matriculados).
Qué trabajos puede hacer el gasista depende de su categoría:
- 1.ª categoría: cualquier instalación doméstica, comercial, industrial o varias.
- 2.ª categoría: cualquier tipo, si cada artefacto no pasa de 50.000 kcal/h y la presión interna no supera 200 mm de columna de agua.
- 3.ª categoría: instalaciones domésticas de una sola vivienda, hasta 5 m³/h y 200 mm de columna de agua.
Qué resultados puede dar
- Factible: hay caño mayor habilitado frente a la finca y alcanza para el consumo.
- No factible: no hay caño mayor en el frente o el que hay no alcanza. Igual se puede seguir con la obra y pedir las inspecciones.
- Observado: la documentación tiene observaciones. Hay que volver a presentarla corregida.
- Desaprobado: tiene irregularidades, falta la validación del cliente o falta documentación. Hay que corregirlo y presentarlo de nuevo.
Qué sigue después del 3.4 A
- Con el 3.4 A factible, el matriculado hace la instalación y pide la inspección parcial o final con el formulario 3.5.
- El 3.5 avisa que terminaron los trabajos y pide las inspecciones. Tiene carácter de declaración jurada. Los formularios 3.5 se presentan solo por AVM.
- La inspección parcial virtual se hace con fotos de la cañería descubierta y el plano acotado, sin ir al domicilio. Se pide en AVM desde el legajo con el 3.4 A factible o no factible.
Cuando pidas el alta del servicio en la provincia de Buenos Aires, la empresa te puede pedir el formulario 531 de ARBA con tus datos y los del inmueble.
En la biblioteca también está el formulario 870 Anexo II, con el que las escuelas oficiales de Santa Fe piden fondos para obras, incluidas las de gas.
Todos los formulariosPara qué sirve cada formulario, con el enlace al oficial
Preguntas frecuentes
¿Qué es el formulario 3.4 de MetroGAS?
El formulario 3.4 A de MetroGAS es el documento donde se declara el proyecto de instalación de gas. Con el 3.4 A se pide la factibilidad: MetroGAS evalúa si la red puede abastecer el consumo y aprueba el proyecto.
¿Lo puedo presentar yo, sin gasista?
No. Lo carga el instalador matriculado en AVM, el portal de MetroGAS para matriculados. Vos firmás como propietario.
¿Qué diferencia hay entre el 3.4 y el 3.5?
El 3.4 A presenta el proyecto y pide la factibilidad. El 3.5 avisa que terminaron los trabajos y pide las inspecciones. Tiene carácter de declaración jurada.
¿Qué significa que el 3.4 A salió "no factible"?
No factible: no hay caño mayor en el frente o el que hay no alcanza. Igual se puede seguir con la obra y pedir las inspecciones.
¿Hace falta el 3.4 para mover el medidor?
El traslado del medidor también empieza con el 3.4 A y los planos con las distancias actuales y futuras.
¿Qué pasa si quiero cambiar de gasista a mitad de la obra?
Para cambiar de matriculado en un legajo abierto, el cliente firma una nota y la presenta con su DNI y los avales que correspondan.
Trámites relacionados
- Formulario 531 de ARBALo piden las empresas de servicios al dar un alta en la provincia de Buenos Aires.
- Formulario 870 Anexo IIFondos FANI para escuelas oficiales de Santa Fe.
- FormulariosTodos los formularios explicados.
Fuentes
- MetroGAS, Formulario 3.4 A (PDF) (consultado el 28/10/2026)
- MetroGAS, Preguntas frecuentes para matriculados (consultado el 28/10/2026)
- MetroGAS, Información para trámites (consultado el 28/10/2026)
- MetroGAS, Presentación de trámites de suministros sin gas (2022) (consultado el 28/10/2026)
- ARBA, Resolución Normativa 12/2019 (texto con la RN 23/2023) (consultado el 28/10/2026)
- Ministerio de Educación de Santa Fe, Resolución 870/2008 y su Anexo I (consultado el 28/10/2026)
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