Pensión por discapacidad: monto de octubre, requisitos y qué cambia con la Ley 27.793
Hoy conviven dos pensiones: la de invalidez laboral, que se pide con el CMO, y la nueva por discapacidad, que se pide con el CUD. Cada una pide cosas distintas y trata distinto el trabajo en blanco.
En esta página
- Montos de octubre de 2026
- Dos pensiones, dos certificados
- Qué cambia con la Ley 27.793
- ¿Te corresponde la pensión por invalidez laboral?
- Cómo se pide la pensión por invalidez laboral
- Cuándo se cobra
- Trabajo, AUH y otras compatibilidades
- Si te llega una carta, te suspenden o te rechazan
- Qué más te corresponde
- Preguntas frecuentes
En pocas palabras
- En octubre de 2026, la pensión no contributiva por invalidez laboral paga $ 305.023,96, el 70 % de la jubilación mínima. Se suma el bono de $ 70.000.
- La de invalidez laboral se pide en Mi ANSES con el Certificado Médico Oficial (CMO) y no permite un trabajo registrado, salvo el monotributo social.
- La Ley 27.793 creó la pensión no contributiva por discapacidad para protección social: se pide con el CUD y se puede cobrar trabajando mientras tus ingresos no superen 2 salarios mínimos. Al 28/10/2026, la Secretaría Nacional de Discapacidad todavía no habilitó dónde pedirla.
- Las pensiones otorgadas antes del 22/09/2025 se convierten a la pensión nueva de oficio, sin trámite y sin dejar de cobrar.
Montos de octubre de 2026
Vigente Pensión: página de aumentos de ANSES, consultada el 27/10/2026. Bono: Decreto 1108/2026. Tope: Ley 27.793, art. 7 y Res. CNEPYSMVYM 4/2026.
Dos pensiones, dos certificados
La ley nueva no reemplazó a la pensión por invalidez laboral. Las dos conviven, y cuál pedís depende de tu situación.
| Por invalidez laboral | Por discapacidad para protección social | |
|---|---|---|
| Certificado | CMO de un hospital o centro de salud público | CUD |
| Para quién | Incapacidad laboral total y permanente: 66 % o más | Personas con discapacidad sin ingresos suficientes, con la evaluación socioeconómica aprobada |
| Monto | 70 % de la jubilación mínima | 70 % de la jubilación mínima |
| Trabajo registrado | No, salvo el monotributo social | Sí. Para obtenerla, tus ingresos netos tienen que ser menores a 2 salarios mínimos; para mantenerla trabajando, no pueden superarlos ($ 782.400 en octubre) |
| Extranjeros | 10 años de residencia continuada | 5 años de residencia legal continuada |
| Dónde se pide | Mi ANSES o una oficina de ANSES con turno | Sin canal habilitado al 28/10/2026 |
| Norma | Ley 13.478 y Decreto 432/97 | Ley 27.793 y Decreto 84/2026, Anexo II |
Fuentes: Secretaría Nacional de Discapacidad, Solicitar una pensión no contributiva por invalidez laboral; Ley 27.793, arts. 5 a 7; Decreto 84/2026, Anexo I, art. 5; preguntas frecuentes de la conversión. Consultados el 28/10/2026.
Cómo sacar el CUDEs gratuito y lo da una junta evaluadora de tu provincia
Qué cambia con la Ley 27.793
- 04/09/2025: el Congreso confirma la ley de emergencia en discapacidad, que rige hasta el 31/12/2026 y se puede prorrogar un año.
- 22/09/2025: se publica junto con el Decreto 681/2025, que la promulga y deja su ejecución suspendida hasta que el Congreso fije cómo financiarla.
- 12/12/2025: según el Decreto 84/2026, un juzgado federal de Campana declara inválida esa suspensión y ordena aplicar la ley. El Estado apeló, pero la apelación se concedió con efecto devolutivo, que no frena la sentencia. La queja del Estado seguía sin resolverse cuando se dictó el decreto.
- 04/02/2026: el Decreto 84/2026 la reglamenta y fija las reglas de la pensión nueva: cobro por ANSES, suspensión, caducidad y recursos.
- 02/03/2026: la Resolución 1/2026 de la Secretaría Nacional de Discapacidad empieza la conversión de oficio de las pensiones anteriores, por etapas.
Qué significa para vos:
- Si ya cobrás una pensión por invalidez otorgada antes del 22/09/2025, no tenés que hacer nada. Seguís cobrando en las mismas condiciones hasta que la Secretaría dicte el acto de conversión y te lo notifique. La conversión no da de baja pensiones de forma automática.
- Si la Secretaría necesita un dato, te lo pide por los canales oficiales y tenés 30 días hábiles para presentarlo. Si no respondés, la conversión se suspende y puede empezar un trámite de suspensión o caducidad de la pensión.
- Si querés pedir la pensión nueva con el CUD, al 28/10/2026 la Secretaría dice que está desarrollando el sistema y que lo va a comunicar por sus canales oficiales. Mientras tanto, la pensión que se puede pedir es la de invalidez laboral.
Fuentes: Ley 27.793 y normas que la complementan; Decreto 681/2025; Decreto 84/2026; Res. SENADIS 1/2026, Anexo I, arts. 6 a 10; preguntas frecuentes de la conversión. Consultados el 28/10/2026.
¿Te corresponde la pensión por invalidez laboral?
Fuentes: Secretaría Nacional de Discapacidad, Solicitar una pensión no contributiva por invalidez laboral y ficha de ANSES, consultadas el 28/10/2026 y el 27/10/2026.
Cómo se pide la pensión por invalidez laboral
Qué tener a mano
- Sacá el Certificado Médico Oficial digital en un hospital o centro de salud público. Es gratuito y obligatorio.
- Entrá a Mi ANSES con tu CUIL y tu Clave de la Seguridad Social, o andá a una oficina de ANSES con turno. Revisá que tus datos y los de tu grupo familiar estén al día.
- Elegí Solicitud de prestaciones > Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral y seguí los pasos.
- Para saber cómo va, escribile a TINA por WhatsApp al (54-11) 3910-1010.
Si no tenés clave, creá la Clave de la Seguridad Social.
Cuándo se cobra
Las pensiones no contributivas se cobran según la terminación del DNI. Fechas de octubre (Res. ANSES 349/2025, Anexo X):
| DNI terminado en | Cobra en octubre |
|---|---|
| 0 | jueves 8 |
| 1 | jueves 8 |
| 2 | viernes 9 |
| 3 | viernes 9 |
| 4 | martes 13 |
| 5 | martes 13 |
| 6 | miércoles 14 |
| 7 | miércoles 14 |
| 8 | jueves 15 |
| 9 | jueves 15 |
Los demás meses están en el calendario de pagos de ANSES.
Trabajo, AUH y otras compatibilidades
- Pensión por invalidez laboral: no se puede tener un empleo registrado, ni ser autónomo o monotributista del régimen general. Sí se puede ser monotributista social.
- Pensión por discapacidad para protección social: se mantiene con un empleo registrado o con el monotributo si los ingresos no superan 2 salarios mínimos. Si los superan, la pensión se suspende mientras dure esa situación; cuando bajan o termina el trabajo, pedís la rehabilitación y cobrás desde la fecha del pedido.
- AUH: mientras se tramita la pensión por invalidez laboral, seguís cobrando la AUH o la Asignación por Embarazo. Si te la dan, pasás a la asignación familiar por hijo, por hijo con discapacidad, por cónyuge y la Ayuda Escolar.
| Mes | Salario mínimo | Tope |
|---|---|---|
| octubre | $ 391.200 | $ 782.400 |
| noviembre | $ 398.800 | $ 797.600 |
| diciembre | $ 406.400 | $ 812.800 |
Fuentes: Ley 27.793, arts. 6 y 7 (ingreso individual, no del grupo familiar); Res. CNEPYSMVYM 4/2026, art. 1; ficha de la pensión por invalidez laboral. Consultados el 28/10/2026.
Si te llega una carta, te suspenden o te rechazan
Auditoría de las pensiones por invalidez
Desde marzo de 2025 se cita por carta documento a quienes cobran una pensión por invalidez laboral, salvo menores y personas ya auditadas en 2024. El control lo hacen médicos de PAMI.
- Andá al turno de la carta con tus estudios médicos sobre la incapacidad por la que te dieron la pensión. No hace falta un CMO nuevo ni el CUD.
- Dentro de los 30 días, mandá escaneada esa documentación por Trámites a Distancia (TAD), en una oficina de ANSES con turno, en un centro de atención de la Secretaría o por correo.
- Si no podés ir, avisá y justificá la ausencia antes del turno, por TINA al (54-11) 3910-1010. Faltar varias veces sin causa puede llevar a la suspensión.
Pensión suspendida
En la de invalidez laboral, pedí un turno de rehabilitación en el Sistema Nacional de Turnos ("Solicitud de Rehabilitación de PNCIL") y llevá tu DNI, un resumen de historia clínica y estudios actualizados con sus informes.
En la pensión nueva, el Decreto 84/2026 fija que se suspende si no cumplís tus obligaciones, si no vas a una citación sin causa justificada o si las cartas no llegan por datos mal declarados.
Por eso conviene avisar un cambio de domicilio o de situación dentro de los 15 días hábiles. Caduca, entre otras causas, si dejás de cobrar 3 meses seguidos sin causa.
Rechazo, suspensión o caducidad de la pensión nueva
Contra el acto podés presentar un recurso de reconsideración dentro de los 60 días de notificado, o un recurso jerárquico dentro de los 90 días.
Fuentes: Argentina.gob.ar, Información sobre la auditoría de las pensiones no contributivas por invalidez laboral (13/02/2025); turno de rehabilitación; Decreto 84/2026, Anexo II, arts. 3, 6, 7 y 10. Consultados el 28/10/2026.
Qué más te corresponde
- Si cobrás una pensión no contributiva y no tenés obra social, podés afiliarte al Programa Federal Incluir Salud. La afiliación no es automática.
- Con el CUD se viaja gratis en el transporte público terrestre.
- Además de esta, ANSES paga pensiones no contributivas por vejez y para madres de 7 hijos o más. Comparalas en pensiones no contributivas.
Beneficios para personas con discapacidadCUD, asignaciones por hijo con discapacidad y montos del mes
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobra la pensión por discapacidad en octubre?
La pensión por invalidez laboral paga $ 305.023,96, el 70 % de la jubilación mínima, y se suma el bono de $ 70.000. La pensión nueva de la Ley 27.793 también equivale al 70 % de la mínima.
¿Necesito el CUD o el CMO?
Depende de la pensión. La de invalidez laboral se pide con el Certificado Médico Oficial (CMO) de un hospital público. La pensión nueva por discapacidad para protección social se pide con el CUD. Para la auditoría de las pensiones por invalidez no se pide CUD ni un CMO nuevo.
¿Puedo trabajar en blanco y cobrar la pensión?
Con la de invalidez laboral, no: es incompatible con cualquier empleo registrado, salvo el monotributo social.
La pensión nueva de la Ley 27.793 sí es compatible con un trabajo registrado o el monotributo mientras tus ingresos no superen 2 salarios mínimos ($ 782.400 en octubre); si los superan, se suspende mientras dure esa situación.
Mi pensión es anterior a la ley: ¿tengo que hacer algo para la conversión?
No. La conversión es de oficio: la hace la Secretaría Nacional de Discapacidad con los datos que ya tiene, por etapas, y mientras tanto seguís cobrando igual. Si le falta algo, te lo pide por los canales oficiales y tenés 30 días hábiles para presentarlo.
Me llegó una carta documento por la auditoría: ¿qué hago?
Andá al turno que figura en la carta con tus estudios médicos. Después mandás escaneada la documentación dentro de los 30 días por Trámites a Distancia (TAD), en una oficina de ANSES con turno o en un centro de atención de la Secretaría. Si no podés ir, avisá antes por TINA.
Me suspendieron la pensión: ¿cómo la recupero?
Si es una pensión por invalidez laboral, pedí un turno de rehabilitación en el Sistema Nacional de Turnos ("Solicitud de Rehabilitación de PNCIL") y llevá tu DNI, un resumen de historia clínica y estudios actualizados.
En la pensión nueva, contra la suspensión se puede presentar un recurso.
¿Cómo sigo mi trámite?
Por el chat TINA de WhatsApp al (54-11) 3910-1010, o en Mi ANSES, en Información personal > Consulta de expediente. La Secretaría no publica un plazo de resolución.
¿La pensión incluye obra social?
Quien cobra una pensión no contributiva y no tiene otra cobertura puede afiliarse al Programa Federal Incluir Salud. La afiliación no es automática: hay que pedirla.
Cobro la AUH por mis hijos: ¿la pierdo si me dan la pensión?
Mientras dura el trámite seguís cobrando la AUH o la Asignación por Embarazo. Si te dan la pensión por invalidez laboral, pasás a cobrar la asignación familiar por hijo, por hijo con discapacidad, por cónyuge y la Ayuda Escolar.
¿Me pueden cobrar por tramitarla?
El trámite es gratuito y personal, y no hace falta un gestor. Solo personal identificado de la Secretaría Nacional de Discapacidad puede pedirte documentación.
Fuentes
- ANSES, aumentos de octubre de 2026 (consultado el 27/10/2026)
- Decreto 1108/2026 (consultado el 27/10/2026)
- Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad (consultado el 28/10/2026)
- Ley 27.793: resumen y normas que la complementan (consultado el 28/10/2026)
- Decreto 681/2025 (promulgación de la Ley 27.793) (consultado el 28/10/2026)
- Decreto 84/2026 (reglamentación de la Ley 27.793) (consultado el 28/10/2026)
- Res. SENADIS 1/2026 (conversión de oficio de las pensiones) (consultado el 28/10/2026)
- Secretaría Nacional de Discapacidad, Preguntas frecuentes sobre la conversión de pensiones (Ley 27.793) (consultado el 28/10/2026)
- Res. CNEPYSMVYM 4/2026 (consultado el 28/10/2026)
- Secretaría Nacional de Discapacidad, Solicitar una pensión no contributiva por invalidez laboral (consultado el 28/10/2026)
- Argentina.gob.ar, Solicitar la Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral (consultado el 27/10/2026)
- Argentina.gob.ar, Certificado Médico Oficial (consultado el 28/10/2026)
- Argentina.gob.ar, Información sobre la auditoría de las pensiones no contributivas por invalidez laboral (13/02/2025) (consultado el 28/10/2026)
- Argentina.gob.ar, Solicitar turno para la rehabilitación de la PNC por invalidez laboral (consultado el 28/10/2026)
- Secretaría Nacional de Discapacidad, Pensiones: información y trámites (consultado el 28/10/2026)
- Argentina.gob.ar, Afiliaciones al Programa Federal Incluir Salud (consultado el 28/10/2026)
- Argentina.gob.ar, Consultar el estado del expediente de una jubilación o pensión (consultado el 27/10/2026)
- Res. ANSES 349/2025, Anexo X (consultado el 27/10/2026)
Seguí a Ayudándonos
Si nos elegís como fuente preferida, Google te muestra más seguido nuestras notas entre las noticias destacadas de tus búsquedas.
Agregá Ayudándonos en Google