Declaración jurada de salud 300/97: quién la presenta y qué pasa si no
El formulario que reemplaza al examen médico de los autónomos y monotributistas, y por qué conviene presentarlo apenas te das de alta.
En esta página
En pocas palabras
- La 300/97 es la declaración jurada de salud de los trabajadores autónomos que se suman al sistema previsional. Reemplaza al examen médico.
- Si sos monotributista, después del alta la completás y la presentás en una oficina de ANSES. ARCA pide hacerlo lo antes posible.
- Sin ella, tus aportes no te cubren para un retiro por invalidez ni dejan pensión por fallecimiento en actividad.
Ficha técnica
- Número
- Decreto 300/97, anexo I
- Organismo
- ANSES (la recibe y la evalúa)
- Para qué sirve
- Dejar registrado tu estado de salud al afiliarte como autónomo o monotributista, en lugar del examen médico
- Quién lo completa
- El trabajador que se afilia
- Quién lo firma
- El afiliado, en presencia del funcionario que la recibe
- Dónde se presenta
- En una oficina de ANSES
- Vigencia
- Decreto 300/1997, vigente; ANSES responde en 20 días corridos
Fuente: Decreto 300/1997 (declaración jurada de salud de trabajadores autónomos), consultado el 28/10/2026.
Quién la tiene que presentar
- Los trabajadores autónomos que entran por primera vez al sistema previsional.
- Los autónomos que dejaron de aportar por más de 12 meses.
- Los autónomos que pidieron la baja, cuando se vuelven a inscribir.
Los monotributistas la presentan después del alta, según ARCA; los monotributistas sociales, después del primer pago.
No la presentan quienes estaban en relación de dependencia y se inscriben como autónomos antes de que pasen 12 meses desde el fin de ese trabajo.
Cómo completarla y presentarla
- Hacé el alta en el monotributo o como autónomo en ARCA.
- Imprimí el formulario de la declaración jurada de salud y completalo. Para el Monotributo Social, el enlace al formulario está en las preguntas frecuentes del programa.
- No lo firmes antes: la firma va delante del empleado de ANSES que lo recibe.
- Llevalo a una oficina de ANSES. Para el Monotributo Social se presenta en persona y sin turno, después del primer pago.
Fuentes: Decreto 300/1997 (declaración jurada de salud de trabajadores autónomos), artículos 3 a 5; ARCA, Obra social (ayuda del monotributo); Argentina.gob.ar, Preguntas frecuentes del Monotributo Social, consultados el 28/10/2026.
Qué hace ANSES con tu declaración
ANSES la evalúa. Puede pedirte informes o estudios y hasta un examen médico ante las Comisiones Médicas. Tiene 20 días corridos desde que la presentás para notificarte lo que decide; si no te notifica, quedás admitido sin objeción.
Si pide estudios, el plazo de 20 días corridos vuelve a correr desde que entregás lo que te pidieron. El dictamen de la Comisión Médica se puede apelar ante la Comisión Médica Central.
ANSES guarda la declaración. Si más adelante pedís un retiro por invalidez, o tu familia una pensión por fallecimiento, se manda a la Comisión Médica que evalúa ese pedido.
Qué pasa si no la presentás
Mientras no la presentes, o si tiene datos falsos u omisiones, tu afiliación no produce efecto para el retiro por invalidez ni para la pensión por fallecimiento del afiliado en actividad. Seguís aportando, pero sin esa cobertura.
Si al afiliarte ya tenías una incapacidad de las que define la ley, no vas a poder pedir un retiro por invalidez causado por esa misma enfermedad.
Retiro por invalidez: requisitos y trámitePara qué sirve esta cobertura
Para qué trámite es
Es un paso del alta como autónomo o monotributista. Seguí con la afiliación a la obra social del monotributo, mirá el resto de los trámites del monotributo o, si sos monotributista social, la guía del Monotributo Social.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el formulario 300/97?
Es la declaración jurada de salud que presentan los trabajadores autónomos al entrar al sistema previsional. La creó el Decreto 300/1997 en lugar del examen médico.
¿Dónde se presenta la declaración jurada de salud?
En una oficina de ANSES. ARCA lo indica para los monotributistas después del alta, y para el Monotributo Social se presenta en persona y sin turno.
¿Qué pasa si no presento la 300/97?
Mientras no la presentes, tu afiliación no sirve para un retiro por invalidez ni para una pensión por fallecimiento en actividad. Lo mismo si la declaración tiene datos falsos u omisiones.
¿La tengo que firmar delante de alguien?
Sí. El decreto dice que la completa el afiliado y la firma en presencia del funcionario que la recibe.
¿Cuánto tarda ANSES en evaluarla?
Tiene 20 días corridos desde la presentación para notificarte si pide estudios o un examen. Si no te notifica, quedás admitido sin objeción.
Pasé de empleado a monotributista: ¿la tengo que presentar?
El decreto exceptúa a quien se incorpora como trabajador autónomo si no pasaron más de 12 meses desde que dejó de trabajar en relación de dependencia.
Fuentes
- Decreto 300/1997 (declaración jurada de salud de trabajadores autónomos) (consultado el 28/10/2026)
- Argentina.gob.ar, Normas que modifican o complementan el Decreto 300/1997 (consultado el 28/10/2026)
- ARCA, Obra social (ayuda del monotributo) (consultado el 28/10/2026)
- Argentina.gob.ar, Preguntas frecuentes del Monotributo Social (consultado el 28/10/2026)
Seguí a Ayudándonos
Si nos elegís como fuente preferida, Google te muestra más seguido nuestras notas entre las noticias destacadas de tus búsquedas.
Agregá Ayudándonos en Google